Plusvalías

¿Qué sucede ahora con el impuesto de plusvalía?

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el método de cálculo del impuesto de plusvalía municipal

Después de cuestionar el impuesto cobrado a quienes vendieron su inmueble a pérdida, en 2017, y de hacerlo por cuantía superior con relación a quienes lo pagaron con beneficio en la venta, pero que tuvieron una cuota a pagar superior a su incremento patrimonial real, en 2019, ahora ha ido mucho más allá.

El Tribunal Constitucional, en su reciente sentencia declara inconstitucional el método de cálculo de la base imponible de la plusvalía por no ajustarse a la realidad, exista o no incremento de valor en la venta.

 

En ASUFIN vamos a tramitar las reclamaciones porque la legislación ofrece herramientas que permiten recurrir el impuesto de plusvalía y reclamar la devolución del importe pagado indebidamente, en determinados casos.  

La nueva regulación del impuesto de plusvalía llevada a cabo por el Gobierno ha entrado en vigor el día 10 de noviembre, tras su publicación en el BOE.

Varios ayuntamientos han empezado a allanarse en los procedimientos para agilizar la devolución de cantidades a los afectados. En tu panel de usuario puedes consultar las resoluciones de MadridBurgos y Alcorcón.

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Las sentencias de Tribunal Constitucional no dejan lugar a dudas, no se puede cobrar un impuesto cuando el hecho imponible no se ha producido. Los juzgados menores también han empezado a pronunciarse a favor del contribuyente

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