¿Cuánto tarda un juicio por tarjeta revolving?

¿Sabes cuánto tarda un juicio por tarjetas revolving y cuanto tarda la contestación? En ASUFIN te contamos.

Las tarjetas revolving permiten que, aunque no tengas dinero en la cuenta, puedas hacer pagos. Lo que se hace es que se aplaza la devolución del dinero en cuotas para que la compra se pague mes a mes. Los pagos se realizarán según las cuotas pactadas y se les aplican los intereses correspondientes.

A este tipo de plásticos se les aplica un tipo de interés muy elevado, y es por ello, que los tribunales españoles, siguiendo la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo, las están declarando nulas por ser abusivas al contener TAE usurarias, muy superiores al interés normal del dinero, e incluso poco transparentes. 

Si crees que tienes una tarjeta revolving comienza tu reclamación de forma rápida y fácil aquí desde tu área privada de socio, para recuperar todas las cantidades que hayas pagado que superen el capital prestado.

Para recuperar tu dinero primero tienes que presentar en tu sucursal bancaria o en el servicio de atención al cliente una reclamación extrajudicial, que pretende llegar a un acuerdo sin pasar por el juzgado, el tiempo medio de respuesta estas reclamaciones es de entre 3 y 6 meses. Si no se llega a un acuerdo o no se obtiene respuesta, se puede iniciar un proceso judicial presentando una demanda contra la entidad con la que firmaste el contrato, y será el juzgado quien resolverá sobre si es o no abusivo el tipo de interés, este proceso puede tardar en resolverse hasta un año, debido al retraso judicial. 

Para poder comenzar tu reclamación necesitarás la copia del contrato de tarjeta, y sus modificaciones, la copia de los recibos mensuales emitidos de la tarjeta desde la firma del contrato hasta la actualidad y los extractos de la cuenta de la tarjeta en el que se detalle. Si no tienes esta información descubre aquí cómo conseguirla.

El plazo para reclamar la nulidad las tarjetas revolving no prescribe. Sin embargo, el plazo de devolución de los intereses sí lo hace, a los 5 años, según lo establecido en el Código Civil. Es decir, no te devolverán los intereses pagados más de 5 años antes de la reclamación extrajudicial o de la interposición de la demanda. 

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