HIPOTECA MULTIDIVISA: Desde ASUFIN recuperamos 39.837€ en favor de un socio

Se condena a Bankinter a restituir a nuestro asociado las cantidades cobradas de más como consecuencia de la declaración nulidad de la cláusula multidivisa por ser abusiva

Desde ASUFIN interpusimos una demanda ejercitando una acción de nulidad del clausurado multidivisa, inserta en el contrato de préstamo con garantía hipotecaria suscrito entre Bankinter y nuestro asociado, por abusividad y por falta de transparencia. Bankinter, se opuso a la demanda. Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia 7 de Logroño declara la nulidad parcial del préstamo suscrito en el año 2008 en lo referente a la opción multidivisa.

Bankinter, interpuso recurso de apelación contra la referida sentencia solicitando que se desestime nuestra demanda alegando que el clausulado multidivisa supera el test de transparencia, por lo que no puede ser objeto del test de abusividad. Pero, la Audiencia Provincial número 1 de La Rioja desestima el recurso, confirma la sentencia del 11 de marzo de 2020 del Juzgado de Primera Instancia y condena a Bankinter a restituir a nuestro asociado las cantidades cobradas en exceso por la aplicación de la cláusula, es decir, 39.837€ .

Esta Audiencia confirma que la cláusula multidivisa es una condición general de la contratación, por lo que está sujeta al control de transparencia. En este caso, a nuestro asociado no se le facilitó folleto, oferta vinculante, ni se hicieron simulaciones sobre cómo podía afectar a la hipoteca la fluctuación de la moneda. Es decir, la información precontractual escrita es muy escasa y nada suficiente para dar por bien informado el riesgo de tipo de cambio y de y las consecuencias económicas de la cláusula.

El demandante es un trabajador por cuenta ajena que percibe su salario en euros, con estudios básicos, sin conocimientos financieros ni de la fluctuación de las divisas y sin experiencia en productos de riesgo. Y es por ello, que este tribunal confirma que la información prestada fuese suficiente para valorar las consecuencias económicas del préstamo. Por lo que, no se puede afirmar que supere el control de transparencia. 

Ya que la falta de transparencia agrava la situación jurídica entre las partes, la modalidad multidivisa ha de considerarse nula.  Y en fecha 29 de diciembre de 2021 la Audiencia Provincial número 1 de La Rioja, declara desestima el recurso de apelación de Bankinter y confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Logroño que declara la nulidad parcial del préstamo en lo relativo a la opción en divisas y condena a la entidad a restituir a nuestro asociado 39.837€ y los intereses legales, a fecha de cada cuota pagada en exceso, debiendo subsistir el contrato sin los contenidos declarados nulos utilizando como tipo de interés Euribor a un mes más 0,55 puntos porcentuales.

Producto: Multidivisa

Juzgado: Audiencia Provincial 1, La Rioja 

Dirección Letrada: Jaime Codón Alameda

Fecha: 29.12.2021

Entidad: Bankinter

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2 comentarios

  1. julio Miguel Jiménez Manzano dice:

    Hay una fecha limite para presentar reclamación al banco, por las hipotecas multidivisas ?

    Una empresa familiar con hipoteca multidivisa puede estar cubierta como un usuario?

    1. Buenas tardes Julio, puedes escribirnos un correo electrónico en hmd@asufin.com contándonos tu situación y nosotros estudiaremos la viabilidad de tu caso y te informaremos de los pasos a seguir para que puedas recuperar tu dinero.
      Muchas gracias y un saludo.

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