HIPOTECA MULTIDIVISA: Desde ASUFIN recuperamos 25.489€ en beneficio de un asociado

El Juzgado de Primera Instancia 7 de León declara la nulidad de la cláusula multidivisa contenida en el préstamo hipotecario suscrito con el Banco Popular por falta de transparencia

Desde ASUFIN interpusimos una demanda ejercitando una acción de nulidad del clausurado multidivisa, insertas en el contrato de préstamo con garantía hipotecaria suscrito entre Banco Popular, actualmente Banco Santander, y nuestro asociado en el año 2007, por falta de transparencia y abusividad.

Banco Santander, por su parte, se opone a la demanda alegando que las partes fueron debidamente informadas tanto de las características como de los riesgos y de las variaciones del cambio de divisa, además afirma que la cláusula era clara, concreta, sencilla. Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia número 7 de León estima íntegramente nuestra demanda, declara la nulidad parcial del contrato en todos los contenidos relativos al clausulado multidivisa y condena a Banco Santander a restituir a nuestro asociado la cantidad de 25.489€ como consecuencia del recálculo de los cuadros de amortización en euros.

En primer lugar, el juez de este tribunal confirma la condición de consumidor de nuestro asociado ya que el préstamo hipotecario firmado era para la adquisición de su vivienda habitual. Tras esto, señala que las cláusulas multidivisa son condiciones generales de la contratación debido a que fueron individualmente negociadas, estaban prerredactada y fueron impuestas por la entidad.

En cuanto, al control de transparencia, la doctrina señala que, para superarlo, es fundamental que el consumidor disponga, antes de la celebración de un contrato, de información sobre las condiciones contractuales y las consecuencias de forma clara y comprensible, para que pueda conocer con sencillez tanto la carga económica como jurídica del contrato. Y puesto que, que la entidad demandada no aporta ningún documento de naturaleza precontractual que refleje una previa información de riesgos, este tribunal establece que esta cláusula multidivisa no supera el control de transparencia.

 Y por todo ello, el Juzgado de Primera Instancia número 7 de León declara la nulidad parcial del contrato de préstamo hipotecario suscrito entre las partes en fecha 8 de noviembre de 2007, en todos los contenidos relativos al clausulado multidivisa por falta de transparencia y abusividad. Además, condena al Banco Santander a restituir a nuestro asociado 25.489€ como consecuencia del recálculo de los cuadros de amortización en euros usando como tipo de referencia el Euribor más un diferencial de 0.65 puntos y por último, al pago de las costas procesales.

Producto: Multidivisa

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia 7, León 

Dirección Letrada: Bernardo Luis García Angulo 

Fecha: 09.12.2021

Entidad: Banco Popular/ Banco Santander

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