La tarjeta Carrefour con una TAE del 19,20% es nula por falta de transparencia

Carrefour no facilitó información suficiente para que el consumidor pudiese haber conocido las consecuencias económicas de la tarjeta

Se interpuso una demanda de juicio ordinario contra Carrefour EFC, en la que se pedía que la tarjeta revolving suscrita entre las partes se declarase nula por contener un interés usurario del 19,20% TAE y de forma subsidiaria por no superar el control de transparencia. Además, se solicitó que se devolviese al consumidor toda cantidad que exceda del capital dispuesto.

Carrefour EFC se opuso a la demanda alegando que el tipo de interés fijado no es notablemente superior al interés normal del dinero ni desproporcionado a las circunstancias del caso y que las cláusulas superan el control de transparencia, ya que, el consumidor fue informado de forma suficiente de todas las consecuencias económicas y jurídicas de la tarjeta.

El 22 de septiembre de 1999 las partes suscribieron una «tarjeta de crédito pass» que operaba como un crédito revolving. En primer lugar, el Juzgado de Primera Instancia número 87 de Madrid confirmó la condición de consumidor del demandante, tras esto, procede a analizar si es usuraria y si supera el control de transparencia.

En cuanto a la usura del contrato, ya que, en el año 1999 no se publicaba el tipo medio de los créditos revolving por el Banco de España y no existe ningún otro medio de comparación el juzgado no puede llegar a saber si es usurario.

Sobre el control de transparencia señala que para superarlo es necesario que las cláusulas fueran claras y de fácil comprensión, de forma que el consumidor pudiese conocer de manera simple el coste del préstamo y la carga económica del mismo.

Teniendo en cuenta que la letra del contrato es imposible de leer debido a su tamaño, que no se entregó al consumidor una copia del contrato, que resulta muy difícil hallar que se trata de un crédito revolving y que no se informó de forma suficiente al consumidor sobre las consecuencias económicas del préstamo este debe de ser declarada nula por no superar el control de transparencia.

Y es por todo ello, que el Juzgado de Primera Instancia número 87 de Madrid que tarjeta revolving no supera el control de transparencia y, en consecuencia, debe declararse nula. Además, condena a Carrefour EFC a devolver al demandante todas las cantidades que excedan del capital prestado más los intereses legales devengados y al abono de las costas procesales.

Producto: Tarjetas revolving

Juzgado: Juzgado Primera Instancia 87, Madrid

Dirección Letrada: Fuensanta Cabrera Salinas

Fecha: 08.11.2022

Entidad: Carrefour EFC

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4 respuestas

  1. Lorenzo Hernández Montero dice:

    Tengo una sentencia del 11/2/2.022, que dice: «TENIENDO POR ALLANADA A LA PARTE DEMANDADA, ESTIMO INTEGRAMENTE LA DEMANDA presentada por el procurador……………………… en representación de ASUFIN que actua en defensa de los intereses de su asociado LORENZO HERNANDEZ MONTERO, presentó demanda de procedimiento frente a Servicios Financieros Carrefour. HOY DIA 2 DE DICIEMBRE DEL 2.022, NO HE RECIBIDO, NI TENGO CONOCIMIENTO DEL IMPORTE DEL ALLANAMIENTO. LO QUE DICE
    MUY POCO EN FAVOR DE ASUFIN. ESPERO RECIBIR PRONTO MI DINERO.

    1. Buenas tardes Lorenzo, mis compañeros se pondrán en contacto contigo lo antes posible para informarte del estado de tu caso.

      Muchísimas gracias y que pases una buena tarde.

  2. Lorenzo Hernández Montero dice:

    Hoy 16 Febrero 2.024, sigo sin tener noticias del caso encomendado a Asufin, Reclamación por intereses usurarios. Necesito saber si los 18.000 euros correspoonden al allanaminto, y cuando me los van a pagar. La empresa demandada es Carrefour.

    1. Buenos días, Lorenzo. Le he trasladado ya tu comentario a nuestro equipo, nos vamos a poner en contacto contigo para resolver todas tus dudas. Muchas gracias y feliz semana

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