SWAP: El JPI7 de Madrid condena a Bankinter a indemnizar a un asociado de ASUFIN

Un swap es un producto complejo y los bancos lo comercializaron sin explicar las consecuencias negativas que una bajada de tipos produciría en los consumidores. El Juzgado de Primera Instancia 7 de Madrid condena a Bankinter, destacando que los bancos conocían las previsiones futuras del Euribor.

En los doce años  anteriores a la firma del contrato, el Euribor nunca bajó del porcentaje fijado. Los asociados de de ASUFIN, no informados de esto, han soportado las liquidaciones negativas del Swap que Bankinter les «colocó» durante toda la vida del contrato.  El juez ha valorado esta circunstancia y ha considerado, que la entidad no cumplió con sus obligaciones de diligencia, lealtad e información en la venta del producto.

La sentencia condena a Bankinter al pago de la cantidad cargada y cobrada como suma de liquidaciones negativas, por un total de 4.585,58 euros.

El matrimonio, a iniciativa de Bankinter,  contrató un seguro frente a las subidas de interés que podían afectar al préstamo concertado en el año 2007. La pareja, trabajadores en ingeniería informática, carecía de conocimientos financieros y el banco ocultó la verdadera naturaleza y los riesgos de ese swap. Desde la fecha de inicio del contrato, de forma mensual, los asociados de ASUFIN recibieron liquidaciones negativas y, al hablar con la entidad, constataron que cancelar esa permuta les resultaba doblemente perjudicial.

ASUFIN formuló demanda contra Bankinter solicitando una indemnización de daños y perjuicios de 4.585,58 euros. Alegó que el banco no había recabado información sobre la situación financiera, experiencia inversora objetivos de inversión del cliente, y tampoco sobre su experiencia en derivados, a pesar de saber que el perfil de los consumidores era conservador.

Bankinter vendió un swap en el que los consumidores sólo ganaban si el Euribor era más alto del 5,82%, cifra que en los 12 años anteriores a la firma nunca había superado

El matrimonio firmó un Swap en el que, básicamente, se especificaba que cuando el Euribor superase el 5,82% , el banco les giraría una liquidación positiva; pero si bajaba de 5,82%, asumirían unas pérdidas importantes. Los letrados demostraron que durante los doce años anteriores a la firma, el Euribor nunca superó el 5,82%  y en los años posteriores, tampoco.

Los abogados colaboradores de ASUFIN, Loleta Linares y Fernando Gavín, consideran que Bankinter no actuó correctamente, ya que debió buscar un «seguro» adecuado a sus cliente. Pero lo que hizo fue colocar  una permuta financiera diseñada, creada y comercializada por la entidad. El contrato era complejo y sólo comprensible por profesionales expertos en finanzas, omitiendo todos los riesgos.

El juez considera que es un hecho notorio que las entidades financieras conocían las previsiones del Euribor, pese a lo que aconsejaron suscribir este producto complejo

Bankinter negó que hubiera prestado asesoramiento, pero el juez le recordó que según la STJUE de 30/05/2013, «el hecho de ofrecer un contrato de permuta financiera a un cliente con objeto de cubrir el riesgo de variación del tipo de interés de un producto financiero que ha suscrito dicho cliente es un servicio de asesoramiento en materia de inversión».

La sentencia añade que es un hecho notorio que las entidades financieras, incluida Bankinter, conocía por las “Curvas de Tipos ”  las previsiones de futuro de cualquier índice financiero a corto, medio y largo plazo. Aunque sabían que se iba a producir una bajada de tipos, aconsejaron, «no obstante a sus clientes la contratación del producto, circunstancia que se relaciona habitualmente con la falta de entrega al cliente de la documentación expresiva del riesgo que asumía».

La ausencia de pruebas que corroboren que Bankinter cumplió sus obligaciones informativas condena a la entidad

De la valoración de la prueba queda demostrado que no consta registro de simulaciones numéricas dirigidas a fijar el coste que suponía una eventual bajada de tipos de interés. Este incumplimiento, recalca la sentencia, «constituye sin duda un poderoso indicio de que tal consentimiento pactado adoleció de insuficiencia de conocimiento sobre el contenido y alcance de lo convenido».

Evolución histórica del Euríbor

Enero 1999 Enero 2000 Enero 2001 Enero 2002 Enero 2003 Enero 2004 Enero 2005 Enero 2006 Enero 2007
3,069 3,949 4,574 3,483 2,705 2,216 2,312 2,833 4,064
Enero 2008 Enero 2009 Enero 2010 Enero 2011 Enero 2012 Enero 2013 Enero 2014 Enero 2015 Enero 2016
4,498 2,622 1,232 1,550 1,837 0,575 0,562 0,298 0,042
enero 2017 Enero  2018
-0,095 -0,189

El juez estima la demanda de ASUFIN y condena a Bankinter al pago de la cantidad cargada y cobrada como suma de liquidaciones negativas, que representa un total de 4.585,58 euros, en concepto de daños y perjuicios, más los intereses legales.

Enhorabuena a los asociados y a los abogados colaboradores, Loleta Linares y Fernando Gavín por este éxito. Un swap marcó el comienzo de la lucha de ASUFIN, por lo que cada sentencia ganada por esta cláusula abusiva se celebra con especial regocijo en la asociación. Puesto que los tribunales están con los consumidores, animamos a todos los afectados por cláusulas abusivas a que reclamen. Contacta con nosotros y el mejor equipo jurídico.

info@asufin.com

Dirección Letrada: Loleta Linares / Fernando Gavín
Banco: Bankinter
Producto: SWAP
Perfil: Particular / ASUFIN
PDF:  Sentencia favorable del JPI7 de Madrid

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2 comentarios

  1. Los bancos siguen perdiendo, felicidades a Asufin. Pero una pregunta que me hago yo? Se está recurriendo por parte de la banca estas sentencias? Y si es así, cuanto más tienen que pagar los afectados para recurrir? Sería interesante saber todo esto, porque si se gana en primera instancia, pero hay que recurrir con más gastos y ese dinero no va a los bolsillos de los afectados, no se ha ganado aún, cierto o no? O Asufin ya con todo ese nuevo recurso y la cantidad entregada por sus socios, espera la sentencia definitiva? Deberían dejarlo claro, porque de esa forma tendría Asufin muchos más socios.
    Gracias

  2. Yo pense que los swaps ya no se podian denunciar por que habia prescrito yo liquide en 2011 el contrato y perdimos 6000e, era un clip bankinter,es cierto que ha prescrito?

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