La nulidad de las cláusulas multidivisa y suelo hace que nuestros socios recuperen 35.948€

El Juzgado madrileño declara la nulidad de las cláusulas multidivisa y suelo contenidas en el préstamo hipotecario suscrito en 2008 con el Banco Santander

Desde ASUFIN interpusimos una demanda contra el Banco Santander en defensa de los intereses de nuestros socios. En dicha demanda, ejercitamos una acción de nulidad de las cláusulas multidivisa y suelo contenidas en el préstamo hipotecario, suscrito entre las partes en el año 2008, por abusividad y falta de transparencia. Además, solicitábamos que se condenase al Banco Santander a recalcular los cuadros de amortización en euros y a restituir a los demandantes las cantidades pagadas de más.

Por su parte, el Banco Santander se opone a la demanda. Alegando que el préstamo fue suscrito en euros y posteriormente modificado a instancia de los consumidores a yenes japoneses y que fueron debidamente informados en todo momento de ambas cláusulas. Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia número 101 de Madrid, declara la nulidad parcial en lo referente a las cláusulas multidivisa y suelo por abusividad y falta de transparencia. Además, condena al Banco Santander a restituir a nuestros asociados la cantidad de 35.948€ como consecuencia del recálculo de los cuadros de amortización en euros.

En primer lugar, este tribunal confirma la condición de consumidor de nuestros socios y que la cláusula multidivisa no fue negociada de forma individual con los demandantes, ya que el contenido de la misma se duplica en numerosas escrituras suscritas con la entidad, lo que evidencia su carácter contractual, predispuesto y general. Por lo que cabe evaluar si supera el control de transparencia.

El control de transparencia pretende que el consumidor pueda conocer con sencillez tanto la carga económica, como la carga jurídica que esta condición general de la contratación tiene en el contrato. Puesto que la escritura no es fácilmente comprensible, los riesgos no vienen explicados de forma clara ni contiene ejemplo o simulación alguna, no se puede entender que los demandantes fueran debidamente informados de forma previa a la suscripción del contrato, por lo que, ha de ser declarada nula.

En cuanto a la cláusula suelo, que fijaba que el tipo de interés nominal anual mínimo aplicable en este contrato fuese del 3,50%, este tribunal señala que la redacción gramatical de esta cláusula es clara y comprensible, no planteando dudas acerca de su significado. Sin embargo, la cláusula se encuentra inserta en una cantidad abrumadora de datos financieros. Esto unido a que la entidad demandada no facilitó ningún tipo de explicación adicional, hace que la cláusula no supere el doble control de transparencia y sea declarada nula.

Y es por todo ello, que el Juzgado de Primera Instancia 101 de Madrid, dictó sentencia declarando la nulidad de las cláusulas multidivisa y suelo incorporadas en la escritura por abusividad y falta de transparencia. Además, condena al Banco Santander a recalcular los cuadros de amortización en euros. Por último, a devolver a nuestros socios 35.948€ en concepto de cantidades cobradas de más.

Producto: Hipoteca multidivisa y suelo

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia 101, Madrid

Dirección Letrada: Óscar Serrano Castells

Fecha: 06.06.2022

Entidad: Banco Santander 

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