El juzgado declara la nulidad de la cláusula multidivisa suscrita en 2006 con Bankinter por ser abusiva y poco transparente
Desde ASUFIN interpusimos una demanda contra el Bankinter en beneficio de los intereses de un asociado. En dicha demanda, ejercitamos una acción de nulidad de la cláusula multidivisa contenida en el préstamo hipotecario suscrito entre las partes en el año 2006 por importe de 47.040.000 yenes, equivalentes a 300.000€ por abusividad y por falta de transparencia y proporcionalidad.
Por su parte, la entidad demandada, se opone a la demanda alegando que el actor siendo licenciado en derecho y psicología, conocía el funcionamiento de la hipoteca en divisas y que se le informó de forma adecuada. Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia 101 de Madrid declara la nulidad total de la opción multidivisa incorporada en la escritura de préstamo con garantía hipotecaria, por abusividad, por falta de transparencia y de proporcionalidad. Además, condena a la entidad a devolver a nuestro asociado la cantidad de 45.602€.
En primer lugar, este tribunal señala que la hipoteca multidivisa es un producto financiero complejo sujeto a las exigencias de transparencia bancaria, además, confirma la condición de consumidor del demandante. Por otro lado, establece que la cláusula en divisa extranjera es una condición general de la contratación ya que Bankinter no puede probar que fue negociada individualmente y que no estaba prerredactada. Por lo que, cabe evaluar si supera el control de transparencia, que tiene por objeto que el consumidor pueda conocer con sencillez tanto la carga económica que realmente le supone el contrato celebrado como la carga jurídica del mismo y sus riesgos.
Dado que la entidad demandada, presenta la documentación precontractual prestada como prueba, pero dado que la solicitud de financiación no contiene información sobre los riesgos y que la oferta vinculante no está ni fechada ni firmada este tribunal señala que no resulta suficiente para que el consumidor conociera adecuadamente la naturaleza y riesgos vinculados a la cláusula en divisas. Por lo que, no puede afirmar que el clausulado reunió las condiciones necesarias para ser considerado transparente.
Esto unido, a que la falta de información genera un grave desequilibrio entre las partes contrario a las exigencias de buena fe, por lo que, además, la cláusula debe de ser considerada abusiva. Y es como consecuencia de la falta de transparencia y abusividad que la opción multidivisa debe de ser declarada nula y eliminada del préstamo.
Y es por todo ello, que el Juzgado de Primera Instancia 101 de Madrid, declara la nulidad de la totalidad del clausulado multidivisa incorporado en la escritura de préstamo con garantía hipotecaria, por su abusividad, por falta de transparencia y falta de proporcionalidad. Y, condena a Bankinter a recalcular los cuadros de amortización y a restituir a nuestro asociado 45.602€. Además, de al pago de las costas procesales causadas.
Producto: Hipoteca multidivisa
Juzgado: Juzgado de primera Instancia 101, Madrid
Dirección Letrada: Loleta Linares y Fernando Gavín
Fecha: 17.02.2022
Entidad: Bankinter