MULTIDIVISA: Nuevo fallo a favor de ASUFIN en la Audiencia Provincial de Tenerife

La Sala Cuarta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha ratificado la sentencia de instancia y ha declarado nula la cláusula multidivisa que Barclays comercializó a un matrimonio asociado a ASUFIN. Los magistrados consideran que el crédito contratado por la pareja en julio de 2008 por un importe de 292.983 euros no se hizo de forma transparente.

Los jóvenes acudieron a Barclays con la ilusión de contratar un crédito para comprar su vivienda habitual. Lo hicieron atraídos por la campaña publicitaria que la entidad había dirigido a través del Sindicato de Tripulantes de Cabina de Líneas Aéreas SITCPLA en el lugar del trabajo del marido. En dicha publicidad se destacaban las ventajas del crédito en divisa extranjera por la reducción económica en las cuotas y ese fue el motivo por el que solicitaron 292.983 euros.

Ninguno de los dos tiene conocimientos financieros por lo que no pudieron medir los riesgos de este producto, de los que el banco tampoco informó. Las constantes subidas en las cuotas cuando el yen japonés se apreció frente al euro les llevaron a cambiar de divisa para frenar la sangría producida en su economía. Aún así, y ante el aumento del capital pendiente, acudieron a ASUFIN que demandó a Caixabank, entidad que compró Barclays.

El matrimonio de ASUFIN ha sufrido un perjuicio superior a 100.000 euros por contratar su crédito en yenes japoneses

El juez del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Granadilla de Abona  declaró la nulidad parcial del contrato en todos los contenidos relativos a la opción multidivisa a tenor de la prueba practicada que no superaba el control de transparencia. Aunque la cláusula era clara y comprensible en su redacción, no dejaba claras las consecuencias  del recálculo constante del capital adeudado y la entidad no pudo probar que los consumidores entendieron la carga económica de las cláusulas que firmaban.

El fallo de instancia declaró que la cantidad adeuda era la resultante de disminuir al importe prestado de 292.983 euros la cantidad amortizada hasta la fecha también en euros, en concepto de principal e intereses. Caixabank recurrió la sentencia y la AP4 de Santa Cruz de Tenerife ha dado la razón a los asociados de ASUFIN.

Los magistrados de la AP4 consideran que la cláusula ni es clara ni comprensible y no expone el alcance económico resultante del recálculo permanente del capital pendiente

La Sala entiende que que la información facilitada por el Banco no fue completa. El informe pericial  constata que a fecha de presentación de demanda (abril de 2017), tras casi once años de pagar las cuotas correspondientes, el matrimonio ha pagado 29.270,71 euros de más en concepto de amortización de capital. Por otra parte, el capital pendiente es 75.799,31 euros más alto que si hubiera contratado el préstamo en euros.

Los magistrados afirman que  la cláusula ni es clara ni comprensible (no hay más que examinar el punto 1.3 de la estipulación primera del contrato para darse cuenta de su inutilidad, ya que necesita cuatro páginas para explicar en lo que consiste la cláusula). No se expone el alcance económico que puede tener en el recálculo permanente del capital pendiente, ni se realizaron simulaciones de escenarios posibles a los consumidores.

Los cambios de divisa se hacen con la finalidad desesperada de paliar, en lo posible, los perjuicios ya producidos

Esta falta de información antes de la firma, que debió facilitar Barclays, no se puede solapar con la conducta a posteriori. Si se producen cambios de divisa se hacen con la finalidad desesperada de paliar en lo posible los perjuicios ya producidos, estiman los magistrados. Por tanto, al tratarse de clientes sin conocimientos financieros a los que el banco ocultó información, la cláusula se convierte en abusiva y, por tanto, nula.

En ASUFIN celebramos el triunfo de nuestros asociados como propio y felicitamos a nuestra abogada colaboradora, Ágora Rosales por haber sacado a esta familia de este laberinto. Recordamos que la jurisprudencia es favorable a los consumidores en este tipo de procedimientos y que es importante contar con letrados experimentados que defiendan los intereses de los consumidores con compromiso. Si tú también eres víctima de un abuso bancario, consúltanos.

info @asufin.com

Dirección Letrada: Ágora Rosales Mereciano
Perito: José Ignacio González Pita-Romero
Banco: Barclays / Caixabank
Producto: HMD
Perfil: Particular / ASUFIN
PDF: Sentencia favorable de la AP4 de Santa Cruz de Tenerife

 

Comparte

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Inicia tu Reclamación en 2 minutos

Artículos Relacionados 

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Recibe en tu e-mail todas las semanas las últimas noticias sobre gastos de hipoteca, revolving, cláusulas abusivas, estafas…
¡Y mucho más!
PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.