AEROLINEAS: ASUFIN celebra la acción de cesación contra 17 aerolíneas por «práctica comercial desleal»

El Ministerio de Consumo recurre a esta vía que la ley contempla para proteger a los usuarios 

Representa un hito ya que se trata de una figura que emplean las asociaciones de consumidores y de la que por fin hace uso una Administración Pública

2 de junio de 2020. ASUFIN celebra que el Ministerio de Consumo vaya a solicitar la acción de cesación contra 17 aerolíneas por «práctica comercial desleal». El departamento de Alberto Garzón ha anunciado que interpondrá esta acción por incumplimientos en la información que las compañías están ofreciendo a los viajeros ante la cancelación de vuelos por la pandemia por la COVID-19. Representa un hito, en opinión de ASUFIN, que una Administración Pública emplee esta figura habitual para las asociaciones de consumidores para proteger los derechos de los usuarios.

Las compañías denunciadas son Air Europa, Binter Canarias, Air France, Wizzair, Volotea, Uniter Airlines, EasyJet, Eurowings e Iberia. También Jet 2, KLM, Latam Airlines, Lufthansa, Ryanair, Scandinavian Airlines (SAS), Transavia y Thomson Airways (TUI).

Consumo ha recurrido a esta vía para proteger a los usuarios, ya que entiende que las aerolíneas están omitiendo información sobre el derecho al reembolso. La normativa comunitaria europea establece que las compañías deben ofrecer el reembolso del precio del vuelo en un plazo de siete días tras la cancelación.

El bono sustitutorio de reembolso siempre será algo opcional

Consumo también solicita que sean declarados nulos todos los contratos por los que los viajeros hayan aceptado un bono sustitutorio del reembolso si este se ha adquirido mediante un consentimiento viciado. Es decir, cuando la compañía aérea no haya informado de este derecho al usuario y haya ofrecido el bono como única opción.

La normativa europea establece que, ante la cancelación de un vuelo, las aerolíneas deberán ofrecer a los viajeros el reembolso de su dinero en un plazo de siete días; la conducción hasta el destino final lo más rápido posible; o la conducción hasta el destino en una fecha que convenga al viajero.

Los usuarios aéreos tienen derecho a recuperar su dinero y a no aceptar un vale

La Comisión Europea permite a las aerolíneas emitir bonos como alternativa atractiva y fiable al reembolso del dinero, pero señala el carácter voluntario de la aceptación del bono por parte del pasajero o viajero. En caso de no ser aceptado por el cliente, la compañía aérea debe efectuar el reembolso del importe total del billete en un plazo de siete días a partir de la solicitud del pasajero.

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En ASUFIN estamos comprometidos con los derechos de los pasajeros. Defendemos tanto de manera colectiva como individual.

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