¿Tienes una tarjeta revolving con WiZink? Nuestra socia recupera las cantidades pagadas de más

El juzgado madrileño declara la nulidad de la tarjeta revolving suscrita con WiZink por contener una TAE de 26,82%, superior al interés normal del dinero

Desde ASUFIN interpusimos una demanda contra WiZink en defensa de los intereses de una de nuestras socias. En dicha demanda, solicitábamos que se declarase la nulidad de la tarjeta revolving, por contener una TAE usuraria del 26,82%. Además, de que se condenase a la demandada a devolver a nuestra socia todas las cantidades pagadas que excedan del capital prestado.

WiZink, por su parte se opone a la demanda alegando retraso desleal, prescripción de la acción restitutoria y que el interés remuneratorio establecido no puede considerarse usurario para este tipo de productos.

En primer lugar, este tribunal señala que, tal y como establece la Ley de la Usura, será nulo todo contrato de préstamo con un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso.

Basándose en la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo, para establecer que el interés remuneratorio es superior al interés normal del dinero hay que acudir a las estadísticas publicadas por el Banco de España.

Teniendo en cuenta que el interés medio de los créditos al consumo correspondientes a las tarjetas de crédito y revolving en el año de la firma del contrato era algo superior al 20%, y el interés aplicado en este caso es del 26,82%, ha de considerarse usurario por ser notablemente superior al interés normal del dinero. 

Y es por ello, que el Juzgado de Primera Instancia número 51 de Madrid, dictó sentencia el 21 de septiembre estimando nuestra demanda y declarando la nulidad de la tarjeta revolving por contener un interés remuneratorio usurario. Además, condena a WiZink a reintegrar a nuestra socia las cantidades abonadas que excedan del capital prestado y al pago de las costas procesales.

Producto: Tarjetas revolving

Juzgado: Juzgado Primera Instancia 51, Madrid

Dirección Letrada: Loleta Linares y Fernando Gavín

Fecha: 21.09.2021

Entidad: WiZink 

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