TARJETA REVOLVING: Desde ASUFIN recuperamos 1.445€ para un socio

El Juzgado de Primera Instancia 60 de Madrid declara la nulidad del contrato de tarjeta revolving por tener un interés remuneratorio abusivo.

El 8 de mayo de 2018 4 Finance y nuestro asociado firmaron un contrato de tarjeta revolving, pactándose una TAE de 151,8%. En total el consumidor dispone de 2.600 euros. Desde ASUFIN interpusimos una demanda de juicio ordinario contra 4 Finance alegando que el contrato tenía un interés remuneratorio nulo.

Por su parte, 4 Finance se opone a la demanda alegando que la cláusula de intereses remuneratorios del contrato no es usuraria ya que es similar al que se ofrecía por otras entidades en contratos similares.  Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia 60 de Madrid estima nuestra demanda y declara la nulidad por usura del contrato de tarjeta revolving. 

En primer lugar, este juzgado establece que es nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso. Puesto que el interés medio de créditos al consumo de los años inmediatamente posteriores al 2018, nunca superaron el 10% TAE, este tribunal señala que el 151,80% TAE establecido en el contrato es notablemente superior al interés normal del dinero y por lo tanto, debe de ser declarado usurario.

Y es por ello, que el Juzgado de Primera Instancia 60 de Madrid, estima nuestra demanda y declara la nulidad del contrato de tarjeta de crédito suscrito entre las partes por contener un interés remuneratorio usurario. Además, condena a 4 Finance a reintegrar a nuestro asociado las cantidades abonadas que excedan del capital dispuesto, 1.445€, más el pago de las costas procesales. 

Producto: Tarjeta revolving

Juzgado: Juzgado Primera Instancia 60, Madrid

Dirección Letrada: Rodrigo Royo López

Fecha: 17.11.2021

Entidad: 4 Finance Spain Financial Services, S.A

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