La ley permite reclamar cláusulas abusivas de hipotecas que se ejecutaron antes de 2013

Distintos pronunciamientos del TJUE y el Supremo español en los últimos años permiten esta suerte de ‘revancha’ bastante desconocida

No pueden recuperar sus casas, pero al menos, parte del dinero adeudado injustamente: una suerte de revancha para miles de afectados. Antes de 2013, año en que Europa sacó los colores a nuestro país y obligó a legislar la protección de los hipotecados (Ley 1/2013), no cabía la posibilidad de examinar contratos y escrituras que llevase incluso a paralizar ejecuciones. Pero pronunciamientos del TJUE europeo y el Supremo español posteriores abren la puerta a que muchos de esos casos perdidos se puedan recuperar ahora, una posibilidad bastante desconocida para la mayoría de estos afectados.  

En concreto, la sentencia del Tribunal Supremo 526/2017 de 27 de septiembre es la que abre la puerta para poder revisar los miles de liquidaciones de intereses, y con ello otras cláusulas abusivas, como los ‘suelos’, que a tipos desorbitados, del 20% o incluso 29%, fueron aprobadas en infinidad de ejecuciones.  

El pronunciamiento de los magistrados españoles derivaba de uno anterior, procedente de Europa, sentencia del TJUE del 29 de octubre de 2015, que apreciaba contrario al derecho de la UE el plazo de un mes desde la publicación de la Ley 1/2013 para que el consumidor pueda oponerse a una ejecución bancaria, lo que permite ensanchar el trámite más allá del legalmente establecido para que en cualquier momento se pueda plantear la nulidad por abusiva de cualquier cláusula contenida en el préstamo ejecutado.

Así las cosas, los afectados pueden reclamar todas las cláusulas abusivas, especialmente aquellas que dan lugar a retorno económico, como los intereses de demora, que en su momento dispararon la deuda que dio lugar a la ejecución, pero también por comisiones como la de posiciones deudoras, o cláusulas suelo, entre otras muchas.

Solo en 2012, se registraron 39.051 entregas de vivienda habitual a las entidades de crédito, de las que 19.716 fueron voluntarias (incluidas 15.174 daciones de pago), y 19.335, por medio de la vía judicial, en el 85% de los casos con la vivienda vacía y en el resto con la vivienda ocupada.

Una proyección de estos datos aplicada al periodo 2008-13, ofrece una estimación aproximada de 90.000 viviendas habituales entregadas a los bancos como consecuencia de los procedimientos de ejecución iniciados en dicho periodo, potenciales reclamadores de cláusulas abusivas en todos esos contratos.

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