La Audiencia Provincial 28 de Madrid declara la nulidad del préstamo en lo referente a la opción multidivisa por falta de transparencia y abusividad
ASUFIN interpuso una demanda contra Bankinter en defensa de dos de sus asociados. En dicha demanda se pedía la nulidad de condiciones generales de la contratación, por falta de transparencia. A demás, de que se declarase la nulidad parcial del contrato de préstamo hipotecario en divisa suscrito con fecha 20 de noviembre de 2006 en todos los contenidos referentes a la opción multidivisa.
El día 22 de octubre de 2018, el Juzgado de Primera Instancia 36 de Madrid dictó sentencia. Y estima íntegramente la demanda de nulidad por falta de transparencia, claridad y abusividad. A demás, condena a Bankinter a recalcular los cuadros de amortización del préstamo como si este hubiese sido otorgado en euros.
La entidad bancaria recurre la anterior sentencia mostrando su desacuerdo con las conclusiones alcanzadas por el Juzgado de Primera Instancia, en relación a la apreciación de abusividad del clausulado multidivisa por falta de transparencia, y error en la valoración de la prueba.
Este tribunal establece que las cláusulas multidivisa son condiciones generales de la contratación, que están prerredactadas y no son individualmente negociadas. A demás, respecto a la información precontractual prestada por parte de la entidad a los consumidores se concluye que resulta insuficiente.
Pues no se acredita que los demandantes tuviesen conocimientos financieros, la información verbal prestada resulta irrelevante y la información documental no muestra información suficiente ni los riegos reales.
Por todo ello, no queda acreditado ni documental ni verbalmente que la demandada explicase los riesgos que implicaba la contratación de esta hipoteca tan compleja. En definitiva, la parte prestataria no entendió la operativa de la multidivisa, y ello porque no fue debidamente informada de la significación económica de las cláusulas. Es por lo tanto que dichas cláusulas no superan el doble control de transparencia y por tanto son abusivas.
Esta Audiencia, desestima el recurso de apelación presentado por Bankinter y confirma la sentencia de Primera Instancia.
Producto: Multidivisa
Juzgado: Audiencia Provincial 28, Madrid
Fecha: 29.01.2021
Entidad: Bankinter
Consideramos las hipotecas REDAL un hecho financiero nuevo que habrá que seguir de cerca
Consideramos que habrá que hacer mucha pedagogía a los jueces para que comprendan este nuevo paradigma
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