MULTIDIVISA: La Sección 28 de la AP de Madrid declara la nulidad parcial del préstamo hipotecario

Se revoca la sentencia del JPI 3 de Madrid y se condena a Bankinter a recalcular las cuotas de amortización del préstamo multidivisa en euros

ASUFIN solicita la nulidad parcial, en cuanto al contenido multidivisa del préstamo con garantía hipotecaria concertado por escritura de fecha 31 de Julio de 2008. En la demanda presentada contra Bankinter en defensa de uno de sus consumidores, alega que existe falta de transparencia y abusividad. Además, en este caso, de vicio del consentimiento, y es por ellos que solicita que se suprima dicha cláusula por nulidad y se recalcule el préstamo en euros.

El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Madrid, en fecha 4 de Marzo de 2019, se dictó sentencia, desestimó la demanda y absolvió a Bankinter. Sin embargo, ASUFIN presentó un recurso de apelación contra la anterior sentencia. 

En primer lugar, este tribunal establece que la cláusula multidivisa se trata de una condición general de la contratación. Por otro lado, este tribunal valoró nuevamente la prueba practicada y entiende que aunque el actor fuese un abogado de prestigio, no consta que tenga especiales conocimientos en derecho bancario, ni, en concreto, en el producto contratado. Respecto a superar el control de transparencia, es necesario que que el prestatario pudiera ser consciente del riesgo de las fluctuaciones de la moneda y que esto también puede influir en la cantidad que haya que amortizar en total, lo que supone que puede acabar pagándose más capital del recibido. 

A su vez, el Tribunal Supremo ha establecido que la falta de transparencia genera para los prestatarios un grave desequilibrio. En contra de las exigencias de la buena fe, puesto que, al ignorar los graves riesgos que suponía la contratación del préstamo, no pudieron comparar la oferta del préstamo hipotecario multidivisa con las de otros préstamos, lo que agravó su situación económica y jurídica.

Valorando la prueba practicada, los magistrados de esta Audiencia consideran que el préstamo no superado el control de transparencia. Ya que no consta que Bankinter facilitara documentación al actor, ni realización de simulaciones o previsiones sobre evolución de la divisa. Por lo que debe considerarse que existe falta de transparencia.

El día 15 de marzo de 2021 la Audiencia Provincial 28 de Madrid dictó sentencia. En la cual estimó el recurso de apelación interpuesto por ASUFIN, declaró la nulidad parcial del préstamo hipotecario y revocó la sentencia de JPI3 de Madrid. Además, condenó a Bankinter a realizar el recalculo de todas las cuotas de amortización del préstamo, tomando como capital los 106.138,85 €, como si se tratase de un préstamo en euros.

Producto: Multidivisa

Juzgado: Audiencia Provincial 28, Madrid

Dirección Letrada: Víctor Ceballos Niebla

Fecha: 15.03.2021

Entidad: Bankinter

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