MULTIDIVISA: Dos de nuestros asociados recuperan 55.606€ frente a Bankinter

El Juzgado de Primera Instancia 9 de Salamanca declara la nulidad de la multidivisa contenida en el préstamo hipotecario suscrito en 2008

Desde ASUFIN interpusimos una demanda contra Bankinter en defensa de los intereses de dos de nuestros asociados. En dicha demanda, solicitábamos la nulidad parcial del préstamo hipotecario en lo referente a la opción multidivisa suscrito entre las partes en el año 2008, por abusividad derivada de su falta de claridad y transparencia.

Bankinter, por su parte, se opuso a la demanda alegando la prescripción y caducidad de la acción. Además, afirma que prestó información transparente y ajustada a los demandantes y por lo tanto, las cláusulas son válidas. Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia 9 de Salamanca declara la nulidad parcial del contrato de préstamo hipotecario en lo relativo a la opción multidivisa por falta de transparencia y abusividad. Y condena a Bankinter a restituir a nuestros asociados 55.606€ como consecuencia de las cantidades percibidas en exceso.

En primer lugar, este juzgado establece que al tratarse de un préstamo hipotecario suscrito en divisa extranjera el plazo de prescripción solo puede empezar tras el fin del contrato, por lo que la acción no está prescrita. En cuanto a la opción multidivisa establece que se trata de una condición general de la contratación y por lo tanto cabe estudiar si supera el control de transparencia. Es decir, Bankinter ha de probar que las cláusulas multidivisa fueran objeto de negociación individual con una información de los riesgos inherentes adecuada a la condición de consumidor del demandante y sus características personales. 

Puesto que, Bankinter la información que presenta como prueba es genérica, difícil de entender e insuficiente para que los consumidores tuviesen pleno conocimiento de los riesgos del producto y de la carga económica y jurídica que les produciría, y por ello el juez de este tribunal concluye que existe una falta de transparencia.

Además, señala que la falta de transparencia de la cláusula provoca un grave desequilibrio entre las partes, contrario a los principios de exigencia y buena fe y por lo tanto, a su vez debe de ser declarada nula.

Y es por todo ello, que el Juzgado de Primera Instancia 9 de Salamanca declara la nulidad parcial del contrato de préstamo hipotecario en lo relativo a la opción multidivisa. Y condena a Bankinter a restituir a nuestros asociados la cantidad de 55.606€ en concepto de cantidades cobradas de más, además, de las costas causadas por el procedimiento.

Producto: Multidivisa

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia 9, Salamanca

Dirección Letrada: Bernardo Luis García Angulo  

Fecha: 26.11.2021

Entidad: Bankinter

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