MULTIDIVISA: Dos de nuestros asociados recuperan 23.400€

El JPI 9 de Salamanca declara la nulidad parcial del préstamo hipotecario multidivisa suscrito con Bankinter por falta de transparencia

ASUFIN en defensa de dos de nuestros asociados, presentamos una demanda contra Bankinter. En dicha demanda ejercita una acción de nulidad de la cláusula multidivisa del contrato de préstamo hipotecario suscrito en yenes japoneses entre las partes en el año 2008. También solicitamos  que se recalcule el préstamo y se restituyan las cantidades indebidamente cobradas a los demandantes.

La parte demandada se opone a la demanda, alegando la prescripción. No admite la condición de consumidor además, de considerar la validez de todas las cláusulas en cuanto a la información transparente prestada y de asesoramiento de los demandantes.

Bankinter cuestiona la cualidad de consumidor, debido a que los contratantes no dedicaron el préstamo a la compra de vivienda habitual. Sin embargo, el tribunal establece que tal circunstancia es irrelevante. Pues un uso distinto no excluye la relación de consumo ya que también lo son la adquisición de una segunda vivienda o como forma de ahorro inversora. Respecto a la caducidad de la acción, este juzgado destaca que la acción de nulidad no caduca ya que el paso del tiempo no puede subsanar los actos nulos. Por lo que la imprescriptibilidad de esta acción se establece de modo expreso en la normativa española. 

En cuanto a las cláusulas multidivisa, determina que se tratan de condiciones generales de la contratación por lo que las entidades financieras deben facilitar a los prestatarios la información suficiente para que éstos comprendan no solo su contenido formal y gramatical, sino también su alcance concreto y puedan tomar decisiones fundadas y prudentes. Puesto que que los actores no tenían profesiones relacionadas con las finanzas y no puede concluirse que sean expertos financieros.  

Ya que Bankinter tampoco prueba la información precontractual prestada, se entiende que la información recibida fue insuficiente. Por lo que, se afirma que existe una falta de transparencia de las cláusulas, puesto que los demandantes ignoraban los riesgos del préstamo.

El Juzgado de Primera Instancia 9 de Salamanca estima la demanda. Declara la nulidad parcial del préstamo en lo relativo a la opción multidivisa y condena a Bankinter a restituir 23.400€ a los demanates como cantidad cobrada de más, además el interés legal desde la fecha de su abono.

Producto: Multidivisa

Juzgado: Juzgado Primera Instancia 9, Salamanca

Dirección Letrada: Bernardo Luis García Ángulo

Fecha: 27.05.2021

Entidad: Bankinter

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