MULTIDIVISA: Desde ASUFIN recuperamos 28.346€ en favor de un asociado

El Juzgado de Primera Instancia 101 de Madrid declara la nulidad de la cláusula multidivisa por su abusividad y falta de transparencia

Desde ASUFIN interpusimos una demanda contra Bankinter en defensa de los intereses de uno de nuestros asociados. En dicha demanda, solicitábamos la nulidad parcial del préstamo hipotecario multidivisa suscrito en el año 2004, por falta de transparencia y abusividad.

Bankinter, por su parte, se opuso a la demanda alegando que prestó una información al demandante completa y suficiente. Sin embargo, el juzgado 101 de Madrid considera que la demandada no facilitó a nuestro asociado información clara y comprensible sobre el producto, provocando que desconociera los riesgos de la hipoteca multidivisa. Por todo ello, declara la nulidad total de la cláusula multidivisa y condena a la entidad a devolver 28.346€ a nuestro asociado.

El Juzgado de Primera Instancia 101 de Madrid, en primer lugar, señala que las acciones de nulidad son imprescriptibles. Tras esto, establece que la cláusula multidivisa es una condición general de la contratación que no fue individualmente negociada entre las partes, por lo que queda sujeto al control de transparencia.

Respecto del control de transparencia de la opción multidivisa, este tribunal establece que es necesario que el consumidor pueda conocer con sencillez tanto la carga económica que supone el contrato como la carga jurídica del mismo de forma previa a la firma del contrato. Y puesto que, la parte demandada no ha aportado pruebas suficientes que prueben que facilitó la información suficiente al consumidor. En consecuencia, el clausulado multidivisa no reúne las condiciones necesarias para ser calificado de transparente. Puesto que esta falta de transparencia también agrava su situación jurídica, además, debe de ser considerado abusivo. 

Y es por todo ello, que el juez del Juzgado de Primera Instancia 1o1 de Madrid estima nuestra demanda en su totalidad. Declara la nulidad de la opción multidivisa incorporado en el contrato suscrito con Bankinter en el año 2004 por su abusividad y falta de transparencia. Además, condena a la demandada a recalcular los cuadros de amortización del préstamo en euros y aplicado el índice de referencia ordinario (Euribor) y a restituir a nuestro asociado 28.346€ como consecuencia de dicho recalculo. Por último, declara la nulidad de la cláusula de interés de demora por abusiva y condena a Bankinter al pago de las costas procesales. 

Producto: Multidivisa

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia 101, Madrid

Dirección Letrada: Loleta Linares y Fernando Gavín

Fecha: 01.10.2021

Entidad: Bankinter

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