El reglamento MiCA, acordado por el Consejo y el Parlamento Europeo

Este acuerdo supone un gran avance para regular el régimen de los criptoactivos y de quienes prestan sus servicios.

El pasado 30 de junio la presidencia del Consejo y el Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo provisional sobre MiCA, propuesta de reglamento sobre los mercados de criptoactivos. Este reglamento pretende regular la emisión de determinados criptoactivos y las normas de conducta y autorización de sus proveedores.

Y, aunque, no se dispone de un texto, el reglamento MiCA protegerá a los consumidores frente a los riesgos de la inversión en activos digitales y ayudará a evitar los sistema fraudulentos. Para ello, se incluyen normas de conducta y responsabilidades de los proveedores frente a los inversores, que, además, para que sean válidos, deberán estar autorizados para operar en la Unión Europea. 

La prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo no se incluirán en el texto, sin embargo, la EBA deberá mantener un registro público de los proveedores que no cumplan con esta normativa y se aplicarán controles reforzados para las empresas localizadas en países con alto riesgo en esta materia.

En cuanto a la regulación de las monedas estables, los tokens referenciados a activos, los emisores deberán constituir una reserva suficientemente líquida; la EBA será la encargada de supervisarlo y, además, aquellas monedas que no estén basadas en una moneda europea deberán tener un domicilio social en la UE para asegurar la supervisión.

Por último, los tokens no fungibles o NFTs no serán regulados por el reglamento MiCA, aunque, la Comisión Europea deberá analizar si necesita una regulación específica en el plazo de 18 meses. 

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