HMD: LA AUDIENCIA DE SANTA CRUZ DA UNA LECCIÓN SOBRE CADUCIDAD

[column size=one_half position=first ]La AP 4 de Santa Cruz de Tenerife revoca al Juzgado de Primera Instancia que absolvió a Barclays por considerar caducada la acción: el dies a quo comienza al finalizar el contrato.[/column]
[column size=one_half position=last ]El socio solicitó un crédito de 220.308 euros en septiembre de 2008, cuando el yen ya se estaba apreciando. En 2016, tras abonar en cuotas 85.000 euros, su deuda era de 199.ooo euros.[/column]

Una socio tinerfeño de ASUFIN ha ganado a Barclays (ahora Caixabank) en la Audiencia provincial de Santa Cruz. En julio del año pasado este comercial, muy agobiado por el perjuicio que la hipoteca multidivisa le estaba causando, asistió incrédulo al fallo del JPI6 que desestimaba su demanda por caducidad de la acción.

La juez Carmen Serrano estimó que si el afectado había novado su crédito con un cambio de divisa cuatro años antes de presentar demanda no podía excusarse en el vicio de consentimiento. También dio crédito a Barclays que presentó al socio de ASUFIN como un comercial profesional que acudió a la entidad como cooperativista.

El afectado y la letrada de ASUFIN no dudaron en apelar a la Audiencia de Santa Cruz que les ha dado la razón, mostrando a los otros juzgados el camino a seguir con el dies a quo. 

Dicen los magistrados que, tanto si se solicita la nulidad de la cláusula por su carácter abusivo por falta de transparencia (no sometido a plazo), como si lo hace por vicio en el consentimiento, la acción no habría caducado dado que el contrato no se ha consumado.

«Tampoco la acción por vicio del consentimiento habría caducado dado que el contrato no se ha consumado»

Además, los magistrados de la AP4 reiteran el carácter de consumidor del afectado, lo que contribuye a aplicar toda la normativa de protección para estos casos. Recuerdan que el TJUE ya trató la cuestión el 30/04/204 advirtiendo que en el contrato hay que exponer de manera transparente el funcionamiento de la cláusula. Sólo así el consumidor pueda evaluar basándose en datos precisos.

Caixabank pretendía deslegitimar el vicio de consentimiento argumentando que el socio de ASUFIN había llevado a cabo una novación el 31 de agosto de 2012. Esto conllevaba que había sido consciente del perjuicio bastante antes del mes de julio de 2016, fecha de la demanda. La juez de primera instancia así lo valoró.

Pero la Audiencia entiende que la novación, impuesta por el compromiso del afectado para cumplir con sus cuotas cuando pasaba por grandes dificultades económicas, no consumó el contrato. Además, destaca que la demanda no solo se fundamenta en el vicio del error, sino en la condición abusiva de la cláusula por falta de transparencia.

«Poco importa que se percatara después de la novación, pues esta actuación ex post convalida la falta de información ex ante«, dice la sentencia. Y es que Barclays no ha probado que informara correctamente al afectado y el contrato necesita de tres páginas para explicar en qué consiste la cláusula.

El fallo revoca la sentencia del juzgado de primera instancia, condena a la entidad a dar la cláusula multidivisa por no puesta y a recalcular todo el préstamo en euros, descontando los intereses y amortizaciones. Caixabank ha sido condenada también a costas.

En ASUFIN nos alegramos mucho de este fallo por lo que ha supuesto de lucha tanto al socio como a la letrada, Agora Rosales Merenciano, que recibieron la primera sentencia como un auténtico jarro de agua fría. Animamos a todos los afectados a no desanimarse porque las Audiencias Provinciales están fallando, cada vez más, a favor de los consumidores.


Dirección Letrada: Agora Rosales Merenciano
Banco: Barclays/Caixabank
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Minorista / Socio ASUFIN
Pdf:S_180223_BARCLAYS_CAIXABANK_AP4_SANTA_CRUZ_REVOCA_170712_JPI06_SANTA_CRUZ_HMD_ASUFIN_SIN

 

 

 

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Un comentario

  1. Pues es cierto que la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha dado una clase Magistral sobre Caducidad. Sentencias como esta, hacen que en la vida de muchos afectados se atisbe un poco de esperanza y todo vuelva a tener sentido. Mi más sincera enhorabuena a los jueces por hacer brillar tan alto la JUSTICIA ESPAÑOLA, a Asufin, a su Presidenta Patricia Suárez, a la abogada defensora Doña Ágora Rosales, a la procuradora Doña Beatriz Ripollés, a los perítos y como no al afectado.
    Hasta el momento sólo jueces valientes y honestos, tanto Españoles como Europeos han hecho frente a esta gran estafa que son las Hipotecas Multidivisas.
    A los políticos no les interesa hablar del tema, pues mejor quedar bien con la Banca por el tema de las puertas giratorias. Lo mismo es aplicable al Banco de España y a la CNMV siempre mirando hacia otro lado.
    La sentencia no tiene desperdicio, me quedo con el detalle del afectado pidiendo una novación en 2012 porque el pobre no podía pagar la cuota, las noches sin dormir que se habrá pegado, cuanta ansiedad, cuanta depresión…… mientras los del Banco partiéndose de risa, porque como todo el mundo ya sabe, todo lo que paga de más el afectado se lo embolsan los Banksters, (si mitad Banqueros, mitad Gangsters). Otra perla es la de que no le querían considerar consumidor, como si por ser comercial fuera un experto en divisas o económicas, además precisamente este banco fue condenado en firme por la manipulación del Libor.
    Si al afectado le hubieran dicho que su cuota y la deuda remanente del préstamo podría encarecerse un 40% o 50% hubiera salido de la sucursal corriendo, pero se les olvidó mencionar ese pequeño detalle que era precisamente la previsión que los Banksters manejaban.

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