Bankinter debe devolver 37.926€ a nuestros socios por su hipoteca multidivisa

Bankinter no informó de forma suficiente a nuestros socios para que estos pudiesen conocer el funcionamiento y consecuencias de la cláusula multidivisa

Desde ASUFIN interpusimos una demanda de juicio ordinario en defensa de los intereses de dos de nuestros socios. En dicha demanda ejercitamos una acción de nulidad de la cláusula multidivisa contenida en el préstamo hipotecario suscrito con Bankinter en el año 2007 por abusividad y falta de transparencia. Además, solicitábamos que se recalculasen los cuadros de amortización en euros y se devolviesen a nuestros socios todas las cantidades pagadas de más como consecuencia de la aplicación de la cláusula.

Bankinter, por su parte, se opuso a la demanda alegando que informó de manera clara y suficiente a los consumidores del funcionamiento y carga económica y jurídica de la cláusula. En fecha 28 de febrero de 2019, el Juzgado de Primera Instancia número 101 de Madrid desestimó la acción de nulidad de la cláusula multidivisa por entender que superaba el doble control de transparencia.

Contra esa sentencia interpusimos un recurso de apelación alegando error en la valoración de la prueba, la infracción de la política de protección a los consumidores y falta de transparencia de la cláusula. Mientras que, Bankinter, se opuso pidiendo que se desestimase el recurso.

La Audiencia Provincial número 28 de Madrid señala en primer lugar que es un hecho conocido y así establecido por el Tribunal Supremo que las cláusulas multidivisa son condiciones generales de la contratación previamente redactadas e impuestas a los consumidores, y con un funcionamiento complejo. Por lo que, no solo es necesario que las cláusulas estén redactadas de forma clara y comprensible, sino también que el consumidor pudiese haber tenido un conocimiento real de las mismas. 

Y puesto que, en este caso, de la simple lectura de la escritura no puede entenderse el funcionamiento y riesgos de la multidivisa y que no existe prueba documental de que se informase de forma previa a la firma del contrato, ya que, no se les entregó folleto informativo, ni escenarios ejemplificativos y que la oferta vinculante firmada es totalmente incomprensible, ha de entenderse que la cláusula no supera el control de transparencia.

Y es por todo lo anterior que la Audiencia Provincial número 28 de Madrid estima nuestro recurso de apelación y declara la nulidad de la cláusula multidivisa por no superar el control de transparencia. Además, condena a Bankinter a recalcular los cuadros de amortización en euros y a devolver a nuestros socios 37.926€ por la aplicación de la cláusula.

Producto: Hipoteca multidivisa

Juzgado: Audiencia Provincial 28, Madrid

Dirección Letrada: Loleta Linares y Fernando Gavín

Fecha: 25.10.2022

Entidad: Bankinter

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