GASTOS HIPOTECARIOS: Desde ASUFIN recuperamos 1.326 € en favor de dos de nuestros asociados

Bankinter es condenado a devolver a nuestros asociados el 100% de los gastos de gestoría, tasación y registro y la mitad de los aranceles notariales

Desde ASUFIN interpusimos una demanda de nulidad contra la cláusula de gastos contenida en la hipoteca suscrita con Bankinter por abusividad. En la demanda, además, solicitábamos que esa cláusula fuese expulsada del contrato y que se condenase a Bankinter a restituir los aranceles de Notario y aranceles de Registro, gastos de Gestoría y Tasación y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

Finalmente, el Juzgado de Primera Instancia 101 de Madrid declara la nulidad de la cláusula relativa a la imposición de los gastos por abusiva y condena a Bankinter a reintegrar a nuestros asociados la cantidad de 1.326 euros más el correspondiente interés legal desde el momento de su pago y al pago de las costas causadas por este procedimiento.

En primer lugar, este tribunal señala que el plazo de 5 años establecido en la ley para la prescripción de la acción no comenzará a contar hasta la declaración judicial de nulidad, por lo que el plazo no está prescrito. En cuanto al control de abusividad establece que la cláusula no fue objeto de negociación individual y que la entidad impuso el pago de la totalidad de los gastos a nuestros asociados y que la mera introducción de dicha estipulación en el contrato implica un grave desequilibrio entre los derechos y las obligaciones de las partes en el contrato, por lo que debe de ser declarada abusiva.

En relación con las consecuencias de dicha declaración de nulidad el Tribunal Supremo afirmó que siguiendo lo establecido en las disposiciones de derecho nacional los aranceles notariales deben de ser abonados a la mitad, mientras que los gastos de registro, gestión y tasación deberán ser abonados en su totalidad por la entidad bancaria. En cuanto, al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados la ley impone el pago al consumidor.

Y es por todo ello, que el Juzgado de Primera Instancia 101 de Madrid declara la nulidad de la cláusula relativa a los gastos de hipoteca, debiéndose de tener por no puesta y manteniendo la vigencia del contrato sin ella. Además, condena a Bankinter a devolver a nuestros asociados las cantidades cobradas de más como resultado de la aplicación de la cláusula, cantidad que asciende a 1.326€ más el interés legal devengado desde el momento de su abono. Por último, condena a la entidad al pago de las costas procesales.

Producto: Gastos Hipoteca

Juzgado: Juzgado Primera Instancia 101, Madrid  

Dirección Letrada: Vanesa Fernández Escudero 

Fecha: 01.12.2021

Entidad: Bankinter

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