FERGO AISA: Condena a CaixaBank por la comercialización de bonos a una pareja de pensionistas

Los afectados, que tenían 85 y 89 años en el momento de la compra, podrán recuperar los algo más de 20.000 euros que habían colocado en el producto creyendo que se trataba de un plazo fijo.

Los afectados compraron bonos del grupo Fergo Aisa, que actualmente está en quiebra. Los bonos los emitía Bankpyme (actualmente IPME) y los comercializaba La Caixa entre sus clientes. Y así es como llegaron a los afectados, que no tenían conocimientos financieros ni interés alguno en jugarse sus ahorros de toda la vida en una herramienta especulativa.

La compra se hizo en 2006, año en que Bankpyme realizó una emisión masiva de bonos para captar un importante capital. Gran parte de este capital estaba destinado a satisfacer su anterior emisión masiva, que se había producido en 2001. Los bonos se emitían con un plazo de cinco años, y La Caixa los vendía como si se tratara de un plazo fijo.

Pero la realidad de los bonos es que su valor está ligado a la solvencia de la entidad emisora. El capital invertido va destinado a la empresa que los emite, que se compromete a devolverlo en el plazo fijado, junto con unos intereses. Pero como toda sociedad de capital, se puede devaluar, o incluso llegar a la quiebra (como en este caso) perdiendo todo su capital social.

Los afectados, como les ha pasado a cientos de pequeños ahorradores, se habían convertido sin saberlo en inversores de una constructora que se jugaba sus ahorros en el negocio del ladrillo. Cuando venció el plazo y los afectados trataron de recuperar su dinero, se encontraron con que IPME estaba en situación de concurso de acreedores y que había perdido sus 20.000 euros.

Los afectados han demandado tanto a la insolvente IPME como a Caixabank, responsable de la comercialización del producto, además de ser la entidad que ha absorbido los restos de la constructora. El juzgado número 4 de Hospitalet ha admitido la responsabilidad de Caixabank como entidad comercializadora.

La sentencia se centra principalmente en la consideración de si existió una información clara y veraz sobre el producto que contrataba la pareja. A ella le correspondía informar a los clientes sobre las características de los bonos. Debían dejar claro que existía riego de pérdida patrimonial. Al no hacerlo, existió un vicio en el consentimiento de los demandantes, a ojos de la magistrada, que ha declarado la nulidad del negocio y la obligación de restituir a los afectados sus 20.000 € más los intereses.


Banco: Caixabank
Producto: Bonos Fergo Aisa
Perfil: Particular
PDF: S_141011_BANKPIME_JPI4_HOSPITALET_BONO_FERGO_AISA_PART_SIN.pdf

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