Banco Popular ofreció un swap pese a que el cliente no lo necesitaba

El cliente ya disponía de un crédito a interés fijo, por lo que la permuta era totalmente innecesaria.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Lorca ha estimado la nulidad del contrato de permuta financiera de tipos de interés suscrito en 2008 por una pyme local con Banco Popular. El banco deberá pagar 7.200 euros más intereses legales.

La entidad ofreció el producto pese a que la póliza de crédito concertada por el cliente era de interés fijo, y por ello, el swap innecesario. El banco ha alegado en el juicio que la permuta era para cubrir todo tipo de operaciones del cliente, pero esta función del IRS nunca se llegó a emplear, ya que el único crédito que el afectado solicitó posteriormente fue para hacer frente a las liquidaciones de la permuta.

Por lo demás, como viene siendo habitual, Banco Popular no informó correctamente de los riesgos y funcionamiento del producto. Ni siquiera entregó un folleto informativo que pudiera facilitar al cliente, que era minorista, comprender lo que estaba contratando. Por lo que se ha estimado la existencia de vicio en el consentimiento durante la firma del contrato.

Asimismo, la Audiencia Provincial número 8 de Madrid ha confirmado la nulidad de del contrato swap firmado por una particular con la misma entidad en 2008.

La permuta fue presentada el mismo día en que la afectada se tenía concertada la firma de una póliza de crédito personal con el banco. El swap fue expuesto como una cobertura gratuita frente a la subida de los tipos de interés.

La cliente no se percata de lo firmado hasta que recibe una primera liquidación negativa de más de 4.000 €. Ante tal cantidad, acude a la sucursal alarmada, donde le comunican que el precio de cancelación de dicho producto era de 27.200 euros.

Los magistrados han confirmado la nulidad debido a que Banco Popular no ha podido acreditar que informara correctamente de los riesgos y verdadero funcionamiento del producto, así como de su coste de cancelación.


Dirección letrada: Carlos Mendoza Guil
Banco: Banco Popular.

Producto: Swaps.
Perfil: Pyme.
PDF:S_131028_BPOPULAR_JPI5_LORCA_PYME_SIN.pdf


Dirección letrada: Marcelino Tamargo
Perito: Cristóbal Verdú Nido (cliente) y Rubén Manso Oliver (contrario).

Banco: Banco Popular.
Producto: Swaps.
Perfil: Particular.
PDF:S_130520_BPOPULAR_AP8_MADRID_CONFIRMA_110701_JPI87_MADRID_PART_SIN.pdf

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