El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Oviedo ha estimado la nulidad de varios contratos de compra de deuda subordinada suscritos por cuatro particulares. El motivo de la condena, una vez más, es la falta de diligencia informativa que llevó a los clientes a la firma bajo error y vicio en el consentimiento.
La sentencia expone que es evidente que Caja España no realizó bien los trámites, ni informó adecuadamente sobre el producto: la orden de compra no fue firmada por tres de los cuatro titulares; asimismo, tampoco consta un recibí del tríptico informativo (tampoco reúne este ninguna información sobre los riesgos). Además, los test de conveniencia realizados no reflejan la experiencia y conocimientos del cliente.
Dirección Letrada: Jorge Álvarez de Linera Prado.
Banco: Caja España.
Producto: Deuda subordinada.
Perfil: Particular.
PDF:S_150304_CAJAESPANA_JPI3_OVIEDO_SUBORDINADAS_PARTICULAR_SIN.pdf