Un juez de Montilla condena al Banco Popular a pagar 180.000€ a una empresa por indebida inclusión en el CIRBE

El Juzgado ha estimado la demanda interpuesta bajo la dirección letrada de Dueñas Ruart por la que se solicitaba la indemnización de los daños y perjuicios sufridos por una empresa al ser indebidamente incluida como morosa en la Central de Riesgos del Banco de España (CIRBE).

La sentencia hace suyos los argumentos esgrimidos en la demanda y condena a Banco Popular  pues «En consecuencia durante 10 meses la actora aparecía en CIR como empresa morosa, siendo obvio que tal inclusión indebida causó en dicha empresa importantes perjuicios económicos que han quedado acreditados en autos en orden a la negativa de concesión de líneas de créditos por otras entidades bancarias«.

La demanda se acompañó de un informe pericial que estimó el perjuicio, lucro cesante, de la mercantil en 18.000€ al mes pues la inclusión en la CIRBE supuso la inclusión como moroso de forma indebida, lo que implicó la paralización de las líneas de crédito. Todo ello le impisió continuar con su volumen de negocios que de otra forma no se hubiera visto afectada.

Por todo ello, condena a la entidad a abonar 180.000€ más los intereses legales desde la interposición de la demanda.


Dirección letrada: Dueñas Ruart
Pericial: Juan Manuel Garrido Martín

Entidad: Banco Popular
Asunto: Indebida inclusión en CIRBE
PDF: S_151112_BPOPULAR_JPIEI1_MONTILLA_CIRBE_INDEMNIZACION_PYME_SIN.pdf

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