El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Oviedo ha estimado la nulidad de unos contratos de deuda subordinada y participaciones preferentes comercializados por Caja España a un particular. El motivo de la nulidad ha sido la existencia de error y vicio en el consentimiento por falta de diligencia informativa, incumpliendo así la Ley del Mercado de Valores.
El afectado, que era cliente minorista sin formación en este tipo de productos, contrató los productos pensando que eran similares a un plazo fijo. Por tanto, desconocía los riesgos y funcionamiento de estos.
El propio empleado de la sucursal ha reconocido que desconocía en aquel momento los riesgos y la procedencia de las preferentes. Asimismo, los test de conveniencia no reflejan el perfil del cliente, revelando unas respuestas sobre su perfil que no están justificadas con hechos.
Por tanto, Caja España deberá reembolsar 90.000 euros al afectado, más intereses devengados y costas procesales.
Dirección Letrada: Jorge Álvarez de Linera Prado.
Banco: Caja España.
Producto: Preferentes y Subordinadas.
Perfil: Particular.
PDF:S_10312_CAJAESPANA_JPI1_OVIEDO_SUBORDINADAS_PREFERENTES_PARTICULAR_SIN.pdf