TARJETA REVOLVING: Declarado usurario el contrato de crédito suscrito con WiZink

El JPI 82 de Madrid condena a Wizink a devolver a la demandante la cantidad cobrada en exceso del contrato de tarjeta suscrito entre las partes

ASUFIN interpuso una demanda contra WiZink solicitando con carácter principal la nulidad de las condiciones de la tarjeta de intereses y otras comisiones por falta de transparencia y abusividad y por tener un carácter usurario de la tarjeta de crédito (TAE 26,82%). Además, pide que se condene a la entidad demandad a restituir ala demandante la cantidad de 1.132,07 euros.

La parte demandada se allana ante la pretensión de nulidad. Sin embargo, se opone a que se declare que las condiciones generales del contrato que regulan los intereses remuneratorios no superan el control de transparencia. Ya que afirma que cualquier consumidor medio conoce bien las diferencias entre una tarjeta de débito y una tarjeta de crédito.

ASUFIN alega que se ofertó a la demandante una tarjeta para pagar las compras a crédito eligiendo la cantidad a pagar en cada mensualidad. Se le ofreció como un chollo, sin explicar que el coste por aplazar los pagos en las tarjetas revolving son más del triple de lo que costaría finalmente las comparas con un contrato de crédito al consumo con cualquier entidad. Además, afirma que las condiciones fueron impuestas sin margen de negociación. 

Este tribunal establece que la cláusula contractual debe redactarse de manera clara y comprensible se ha de entender también como una obligación de que el contrato exponga de manera transparente el funcionamiento concreto del mecanismo al consumidor; lo que implica proporcionar información clara sobre las cláusulas del contrato y sus implicaciones antes de la celebración del contrato.

Puesto que en base a las pruebas aportadas no se informó al consumidor de las condiciones del préstamo y siendo el examen del contrato difícil de entender, lo que muestra una notoria falta de claridad se debe declarar la falta de transparencia demandada.

Y es por ello que el Juzgado de Primera Instancia 82 de Madrid declara la nulidad por usurario el contrato de crédito revolving suscrito entre las partes. Y condena a WiZink a devolver a la demandante solo el capital recibido con restitución a su favor, es decir 668,87 euros.

Producto: Tarjeta Revolving

Juzgado: Juzgado Primera Instancia 82, Madrid

Dirección Letrada: Rodrigo Royo López

Fecha: 30.04.2021

Entidad: Wizink

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