SWAP: Una Sociedad gana a Caixabank

» Una sociedad profesional gana en la Audiencia Provincial de Valencia, gracias a que el magistrado considera que a pesar de su conocimiento, debía igualmente ser informado y avisado de los riesgos y no lo fue en ningún momento.
» Caixabank debe reintegrar a la afectada el importe de las liquidaciones por la suma de 383.898,30 euros con los intereses legales desde cada cargo de liquidación.  Las costas procesales de la instancia también se imponen a la entidad bancaria.

La Audiencia Provincial de Valencia, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia #12 de Valencia, ha revocado su sentencia tras el recurso de apelación interpuesto.  El fallo de la sentencia emitida por el Juzgado era «Desestimar la demanda interpuesta por el afectado contra Caixabank S.A imponiéndose las costas procesales a la parte demandante».

El fallo de la sentencia de la Audiencia afirma que «se han de declarar la nulidad por error-vicio en el consentimiento del contrato de permuta financiera de tipos interés», popularmente conocido como SWAP. Este mismo fue suscrito entre la afectada y el Banco de Valencia SA (luego sucedida por Caixabank) a fecha 27 de junio de 2008.

Lo dictado por el magistrado de la Audiencia por tanto también obliga a Caixabank a reintegrar a la demandante el importe de las liquidaciones por la suma de 383.898,30 euros con los intereses legales desde cada cargo de liquidación.  Las costas procesales de la instancia también se imponen a la entidad bancaria.

El magistrado del Juzgado de Primera Instancia consideró que era la entidad bancaria quien tenía la razón porque el cliente no se había aquejado del producto a lo largo de cinco años. A su vez, el cliente al ser considerado una sociedad profesional entendió el juez que debía tener un nivel informativo donde la exigencia de esta misma era menor y que no se le debía practicar el test de idoneidad.

Como recoge la sentencia, la entidad interpuso la apelación porque en esencia consideraba que había un error de valoración de las pruebas citadas. El Banco nunca clasificó al cliente como profesional, y aunque si se hubiese hecho, este jamás contó con la información relevante y necesaria para entender el riesgo que suponía un SWAP. Independientemente de la calificación del cliente, la entidad no cumplió con su obligación informativa, así como nadie intervino para ayudar.


Dirección Letrada: José Luis Sanchis Figueras
Perito: Nuria García Pascual
Entidad Bancaria: Banco de Valencia (ahora Caixabank)
Producto: SWAP
Perfil: Sociedad Profesional
PDF: S_160427_CAIXABANK_AP9_VALENCIA_REVOCA_150914_JPI12_VALENCIA_SWAP_SA_PROFESIONAL_SIN.pdf

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