El Juzgado de Primera Instancia 50 de Barcelona declara la nulidad por abusiva de la cláusula suelo contenida en la escritura de compraventa con subrogación y novación
Desde ASUFIN interpusimos una demanda contra Banco Sabadell ejercitando una acción de nulidad de la cláusula suelo por ser abusivas contenida en la escritura de compraventa con subrogación y novación de contrato de crédito con garantía hipotecaria, de fecha 22 de febrero de 2002. Además, solicitamos la condena del banco a restituir las cantidades cobradas como consecuencia de aplicación de la cláusula.
Por su parte, Banco Sabadell se opuso a la demanda. Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia 50 de Barcelona declara la nulidad de la cláusula suelo por abusivas. Del mismo modo, condena a la demandada a restituir a nuestros asociados las cantidades cobradas de más en consecuencia de aplicación de dicha cláusula.
En primer lugar, este tribunal establece que los demandantes ostentan la condición de consumidor y establece que la cláusula suelo es una condición general de la contratación. Banco Sabadell por su parte alega que esta cláusula fue negociada individualmente, sin embargo, no aporta prueba que permita comprobarlo. Además, la información precontractual facilitada por la entidad no fue suficiente, ya que no hay oferta vinculante, para comprender la carga económica que suponía dicha cláusula suelo.
Por ello, el juez de esta instancia establece que no supera el doble control de incorporación y transparencia. Y es por todo ello, que declara la nulidad por abusiva de la cláusula suelo. Por último, condena a Banco Sabadell a restituir a nuestros asociados las cantidades cobradas en exceso durante la vida del préstamo hipotecario como consecuencia de la aplicación de la cláusula más los intereses legales generados desde la fecha de cobro.
Producto: Cláusula suelo
Juzgado: Juzgado de Primera Instancia 50, Barcelona
Dirección Letrada: Vanesa Fernandez Escudero
Fecha: 09.11.2021
Entidad: Banco Sabadell
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