Un socio de ASUFIN recupera 44.725€ tras reclamar su hipoteca multidivisa

La Audiencia confirma la sentencia de primera instancia por la que se declaraba la nulidad total del clausulado multidivisa por no superar el control de transparencia

Desde ASUFIN interpusimos una demanda contra Bankinter en defensa de los intereses de un socio. En dicha demanda, ejercitamos una acción de nulidad de la cláusula multidivisa contenida en el contrato de préstamo con garantía hipotecaria suscrito entre las partes en el año 2005, por no reunir los requisitos de transparencia y por error en el consentimiento. Además, pedíamos que se devolviese a nuestro socio todas las cantidades pagadas de más como consecuencia de la aplicación de la cláusula.

Por su parte, Bankinter se opone a la demanda. Sin embargo, el 3 de junio de 2019 el Juzgado de Primera Instancia número 101 de Madrid dictó sentencia estimando íntegramente nuestra demanda. La sentencia confirma la falta de transparencia en la contratación del préstamo multidivisa al no facilitar la necesaria información precontractual sobre los riesgos del producto a contratar, condenando por lo tanto, a Bankinter a eliminarla del contrato y a devolver 44.725€ a nuestro socio como consecuencia del recálculo de los cuadros de amortización en euros y aplicado como índice de referencia el Euríbor.

Contra dicha sentencia, Bankinter presentó un recurso de apelación alegando que la opción multidivisa supera el control de transparencia por la claridad de los términos de la escritura pública y por haber facilitado al consumidor una información previa, veraz y completa sobre su funcionamiento y riesgos. Además, de que no se trata de una cláusula abusiva ni causa desequilibrio.

En primer lugar, esta Audiencia, señala que la cláusula multidivisa es una condición general de la contratación, por lo que, cabe analizar si supera o no el control de transparencia. Ese control tiene como finalidad determinar si el consumidor conocía el funcionamiento, los riesgos y la carga económica y jurídica que la hipoteca en divisas tenía.

Puesto que, Bankinter no demuestra la información precontractual dada, que muestre los riesgos, escenarios con ejemplos en el cambio de la divisa o sus posibles fluctuaciones. Es por ello, que esta Audiencia señala que la cláusula cuestionada no supera el control de transparencia y debe de ser declarada nula por abusiva. 

Finalmente, el pasado 13 de julio, la Audiencia Provincial número 28 de Madrid dictó sentencia confirmando la sentencia del Juzgado de Primera Instancia. Por la que se declara la nulidad de la cláusula multidivisa por abusividad y falta de transparencia, se condena a Bankinter a eliminarla del contrato y a devolver a nuestro socio 44.725€ por la aplicación de la misma. Además, condena a la entidad demandada al pago de las costas procesales causadas.

Producto: Hipoteca multidivisa

Juzgado: Audiencia Provincial 28, Madrid 

Dirección Letrada: Loleta Linares y Fernando Gavín 

Fecha: 13.07.2022

Entidad: Bankinter 

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