Descubre qué hacer si sigues recibiendo llamadas comerciales «spam»

Desde el pasado 29 de junio, las llamadas comerciales sin permiso están prohibidas y pueden suponer multas millonarias a las empresas.

¿Qué se considera «llamada comercial sin permiso» o «spam telefónico»?

La Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, que establece esta prohibición, deja espacio a las empresas a continuar con las llamadas comerciales en algunos supuestos:

Conviene tener en cuenta que, en el momento de contratar algunos productos y servicios podemos haber dado nuestro consentimiento de forma más o menos consciente. Además, aunque la relación contractual se hubiera extinguido en el momento de la llamada, la empresa puede acreditar interés legítimo si en los siguientes doce meses aunque con el límite de que el producto o servicio que se vaya a ofrecer sea similar al que se hubiera contratado con anterioridad.

Por otro lado y con respecto al consentimiento, cabe advertir que este es revocable en todo momento. 

Finalmente, aun las llamadas permitidas en estos términos, deben cumplir requisitos como: ser realizadas dentro del horario permitido (de 9h a 21h) y nunca en festivos o fines de semana.

Qué puedo hacer si sigo recibiendo llamadas no deseadas

Aunque prohibidas, creemos que algunas empresas pueden continuar estas prácticas comerciales abusivas.

Entre otras razones, porque esta práctica suele incumplir otros aspectos como la no identificación inicial de la empresa y la imposibilidad de utilizar un identificador de llamada a través del que aportar los datos suficientes para denunciar.

En este sentido, y en todo caso, consideramos oportuno que los usuarios conozcan su derecho a requerir esta información y, una vez comprobando que no responden a los supuestos que aún se permiten por la ley, puedan denunciar ante la AEPD por vulneración de datos personales. También puede presentarse denuncia ante la autoridad autonómica de consumo que corresponda.

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