Nuevo varapalo para el CEISS: doble condena en León

Dos sentencias del mismo juzgado y mismo día fallan sobre dos casos muy similares: clientes del banco que habían adquirido conjuntamente preferentes y deuda subordinada de la entidad. La justicia obliga al CEISS a devolver la totalidad del dinero invertido a estos particulares.

Dos recientes sentencias del Juzgado de Primera Instancia número 3 de León resuelven de forma idéntica dos casos muy similares. Se juzgaba la petición de nulidad de dos contratos de adquisición de participaciones preferentes y de deuda subordinada de Caja España por sendos clientes en los años 2.008 y 2.009. Ambos estaban asistidos por el letrado Bernardo García Angulo, y dirigían sus pretensiones contra la misma entidad. Y ambos se resuelven de la misma forma: admitiendo las pretensiones de los demandantes, que podrán así recuperar su dinero.

En ambos casos, los afectados tenían profesiones muy distantes del sector financiero y especulativo: en el primero, se trataba de un matrimonio de jubilados que se habían dedicado a maestro de educación infantil él, y celadora ella; el afectado en la segunda sentencia había regentado un bar durante toda su vida profesional. Entiende el magistrado que esto resulta relevante a la hora de juzgar si realmente podían conocer el verdadero alcance de lo que contrataban si no se les proporcionaba la suficiente información desde la entidad. Por otro lado, resalta la primera sentencia lo inadecuado de vender un producto de carácter perpetuo o con vencimiento a muy largo plazo, como son las preferentes, a unos jubilados.

En esta primera sentencia, la cantidad a recuperar por los afectado es de 58.000€. Se hace eco la sentencia de que el test de conveniencia dio como resultado ‘no apto’, y a pesar de ello se colocó este producto al afectado. En el caso de la segunda sentencia, la inversión conjunta en estos productos tóxicos ascendía a 65.000€. En ambos casos, el banco tendrá que correr además con las costas procesales.

 


 

Banco: CEISS
Producto: Participaciones preferentes y deuda subordinada
Perfil: Particular
Dirección letrada: D. Bernardo Luis García Angulo
PDF 1: S_140508_CEISS_JPI3_LEON_PREFERENTES_SUBORDINADAS_PART_8914_SIN.pdf
PDF 2: S_140508_CEISS_JPI3_LEON_PREFERENTES_SUBORDINADAS_PART_9014_SIN.pdf

 


 

Comparte

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Inicia tu Reclamación en 2 minutos

Artículos Relacionados 

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Recibe en tu e-mail todas las semanas las últimas noticias sobre gastos de hipoteca, revolving, cláusulas abusivas, estafas…
¡Y mucho más!
PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.