El préstamo hipotecario se suscribió por una cuantía de 175.000 € con un contravalor en 287.000 francos suizos.
El Juzgado de Primera Instancia nº 101 Bis de Madrid dio la razón a la asociada de ASUFIN por falta de información.
La defensa de la asociada solicitó la declaración de nulidad parcial del préstamo hipotecario y la exclusión del contrato de las cláusulas abusivas insertas en el mismo, a saber:
- Cláusula Multidivisa
- Cláusula de Vencimiento Anticipado
- Cláusula de Intereses de Demora
- Cláusula de Cesión del Crédito
KUTXABANK se opuso a la demanda alegando que la asociada afectada recibió la información debida, decidiendo libre y voluntariamente sobre la suscripción del préstamo.
Recordemos que un préstamo multidivisa es un tipo de préstamo hipotecario que permite el pago de las cuotas del mismo en divisas distintas al Euro, tales como yenes, francos suizos, etc.
Así pues, es sumamente relevante destacar que el propio Tribunal Supremo estableció que los riesgos de este instrumento financiero exceden a los propios de los préstamos hipotecarios referenciados a interés variable y solicitados en euros. Por lo tanto, los riesgos a tener en cuenta son dos:
- La Variación del Tipo de Interés
- La Fluctuación de la Moneda
En este caso en concreto, el Juzgado de Primera Instancia nº 101 Bis de Madrid consideró que:
“no ha quedado acreditado es que la demandante fuese debidamente informada de los riesgos reales del préstamo y en especial de los derivados del tipo de cambio. A estos efectos, no se acredita en modo alguno que la persona que atendió a los demandantes les explicara el funcionamiento y riesgos de este tipo de hipotecas, pues la testigo, si bien afirma que explicó los riesgos a la prestataria, no explica si realizó simulaciones o le entregó algún documento informativo”
En definitiva, KUTXABANK no ha demostrado que haber suministrado “de manera suficiente al consumidor todos los elementos de juicio suficientes para formar en él la voluntad de forma libre pudiendo conocer cabalmente los riesgos y la posición que asumía en la contratación de una hipoteca de estas características”.
Si a todo lo anterior le añadimos, tal y como razona el magistrado ponente, que la cláusula multidivisa se pactó a iniciativa de KUTXABANK y que no ha existido negociación alguna, la misma debe considerarse una condición general de la contratación que debe ser declarada abusiva y, por lo tanto, expulsada del préstamo hipotecario.
Finalmente, tanto la cláusula de vencimiento anticipado como la cláusula de intereses de demora y la de cesión del crédito son declaradas nulas.
De esta manera, la asociada de ASUFIN recupera 68.000 € imponiéndose así, una vez más, la defensa de los intereses de los consumidores frente a los abusos bancarios.
Producto:
Hipoteca Multidivisa
Abogado:
María José Lunas
Juzgado:
Juzgado de Primera Instancia 101 Bis de Madrid
Entidad:
Kutxabank
Fecha: 12.12.2019