La Audiencia Provincial 28 de Madrid declara la nulidad parcial del préstamo multidivisa y condena a Bankinter a restituir las cantidades cobradas de más
Desde ASUFIN interpusimos una demanda contra Bankinter en defensa de los intereses de dos de nuestros asociados. En dicha demanda, solicitábamos la nulidad parcial del préstamo hipotecario multidivisa por falta de transparencia y abusividad.
El juzgado número 39 de Madrid dictó sentencia el 17 de noviembre de 2020, declarándola nulidad del contrato hipotecario en lo referente a la opción en divisas. Del mismo modo, condena a la entidad financiera Bankinter a recalcular los cuadros de amortización como si desde su inicio hubiera sido referenciado a euros y al Euribor y a devolver a nuestros asociados aquellas cantidades que hubiesen abonado en exceso.
Frente a esta sentencia Bankinter interpone un recurso de apelación al que ASUFIN se opuso. En primer lugar, la Audiencia Provincial número 28 de Madrid establece que las cláusulas multidivisa son condiciones generales de la contratación. Y puesto que los riesgos de este tipo de préstamo exceden a aquellos solicitados en euros, es necesario que superen un doble control de transparencia para asegurarse de que los consumidores fueron plenamente conscientes de todos ellos de forma previa a la contratación.
Y puesto que no consta acreditada que se prestase a los clientes información previa suficiente. Este tribunal no puede afirmar que los prestatarios en el momento de la concertación conocían el producto y sus riesgos. Es por todo ello, que confirma la sentencia del juzgado de primera instancia y declara la nulidad parcial del préstamo por falta de transparencia y abusividad.
Producto: Multidivisa
Juzgado: Audiencia Provincial 28, Madrid
Dirección Letrada:Vanesa Fernandez
Fecha: 22.07.2021
Entidad: Bankinter
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