La Audiencia de Vizcaya confirma la anulación de un swap del Banco Sabadell

Banco Sabadell no informó de las características del producto que estaba vendiendo a una SA. Además, las magistradas acusan al banco de ocultar información a la empresa sobre las fluctuaciones de los tipos de interés. El cliente no firmó el contrato plenamente consciente y lo hizo inducido por error. Con esta, son 35 las sentencias contra el grupo del Banco Sabadell.

Sabadell oficinaLa sección tercera de la Audiencia Provincial de Vizcaya ha denegado el recurso de apelación interpuesto por Banco Sabadell a la sentencia de primera instancia que le condenaba a devolver más de 3.000 euros más los intereses a una SA que contrató una permuta financiera.

Las magistradas han tenido en cuenta que es el banco quien debe aportar que ofreció la información necesaria al cliente. En este caso, el Banco Sabadell no acreditó que su cliente fuera correctamente consciente de las características, efectos y funcionamiento de la permuta contratada, ya que no se le informó de que “el producto no funcionaba y no proporcionaba la cobertura que el cliente deseaba por encima de la barrera”. Afirman las magistradas que el Banco Sabadell no ha actuado “con la transparencia informativa exigible”.

Además, el banco no informó sobre las condiciones esenciales del contrato ni en las consecuencias económicas, ya que el cliente no sabía que el coste de cancelación comprendía el pago de todas las liquidaciones desde la solicitud hasta la fecha de finalización del contrato.  Por otra parte, las magistradas han considerado que las cláusulas contractuales no eran claras por lo que el cliente no podía haber averiguado en sentido el alcance de su decisión. Llama la atención a las juzgadoras de este caso que el banco alegue que sí hizo una explicación transparente cuando el testo MIFID ya estaba diseñado con anterioridad a la contratación.

Sin embargo, Banco Sabadell alegó que el contrato de permuta financiera es sencillo y de fácil comprensión, que no necesita de mayor explicación y que, por tanto, entiende  que “el administrador de la SA asumió la firma del contrato de manera consciente y correcta”. Las magistradas se oponen a estas alegaciones, afirmando que “no es sencillo averiguar son las consecuencias económicas perjudiciales que tienen las bruscas bajadas del Euribor”. Algo que posteriormente ocurrió y que Banco Sabadell conocía de antemano en el momento de la firma y ocultó a la empresa, pues tanto entidades como analistas financieros sabían de las futuras fluctuaciones de los tipos de interés.


Dirección letrada: José Argarate
Banco: Banco Sabadell S.A./Banco Guipuzcoano S.A.
Producto: Swap
Perfil: SA
PDF:S_120223_GUIPUZCOANO-SABADELL_AP3_BIZKAIA_CONFIRMA_110516_JPI13_BILBAO_SA_SIN


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