MULTIDIVISA: las audiencias gallegas siguen fallando a favor de ASUFIN

Las Audiencia Provincial número 1 de Ourense ha condenado a Bankinter a anular una cláusula multidivisa, confirmando así la sentencia del juzgado de instancia.
Los magistrados entienden que aunque el banco descuidó el deber de informar de forma transparente de los riesgos del producto a los asociados de ASUFIN.

La Audiencia Provincial número uno de Ourense ha fallado a favor de una pareja asociada a ASUFIN y ha condenado a Bankinter una vez más. Los magistrados han ratificado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número cinco de esa ciudad. En ella se declaraba que la cláusula multidivisa era nula por falta de transparencia.

La pareja había solicitado un crédito hipotecario en maro de 2008 por valor de 195.000 euros. Aconsejada por la entidad, optó por la hipoteca multidivisa en yenes, ya que las cuotas eran más ventajosas. Cuando fueron conscientes de su error solicitaron ayuda a ASUFIN, que demandó a Bankinter por falta de transparencia.

El JPI nº5 de Ourense estimó íntegramente la demanda anulando parcialmente el préstamo en todo lo relativo a la cláusula multidivisa. Bankinter debía referenciar el crédito en euros y recalcular los intereses devengados y el capital pendiente de amortizar. El banco recurrió y ha vuelto a ser condenado en segunda instancia.

ASUFIN no ha perdido ninguna demanda por multidivisa en las audiencias provinciales gallegas

La sentencia de la Audiencia Provincial desestima la alegación de caducidad en la acción porque no se ha probado en qué momento el afectado fue consciente del error. Ni los extractos bancarios remitidos a los asociados de ASUFIN, ni las liquidaciones periódicas de amortización, en un lenguaje críptico, pueden considerarse suficientemente explicativos.

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Los jueces de las audiencias españolas ya son conscientes del daño producido por los abusos bancarios

Los magistrados entienden que hubo falta de transparencia en todo lo relacionado con el clausurado multidivisa. La oferta vinculante está plagada de estereotipos y dista mucho de la claridad exigible a este tipo de contratos. Resulta, dicen, » plenamente aplicable al caso la doctrina establecida la STS de 15 de noviembre de 2017″ que recuerda a la obligación de transparencia bancaria.

No consta que Bankinter advirtiera a los asociados de ASUFIN de los riesgos que conllevaba este crédito. No se les comunicó que el capital pendiente se recalcularía constantemente con la fluctuación de la divisa ni que el banco podía exigir el vencimiento anticipado aunque no hubiera incumplimiento contractual.

Los jueces entienden que estas cláusulas no superan el control de transparencia porque los afectados no recibieron información adecuada sobre la naturaleza de los riesgos

Por tanto, concluyen que las cláusulas cuestionadas «no superan el control de transparencia» y «los prestatarios no han recibido una información adecuada sobre la naturaleza de los riesgos». Desestiman el recurso de apelación y confirman la resolución con imposición de costas a Bankinter.

Desde ASUFIN felicitamos a esta pareja y al abogado Francisco Conde por este importantísimo logro. Animamos a todos los afectados por cláusulas abusivas a reclamar, recordando que los tribunales están fallando en favor del consumidor en un 96% de los casos.


Dirección Letrada: Francisco Conde
Perito: Julio César Calvo
Banco: Bankinter
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Minorista / Socio ASUFIN
Pdf: S_180926_BANKINTER_AP1_ORENSE_CONFIRMA_170614_JPI05_HMD_ASUFIN_SIN

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