Hipoteca Multidivisa: Bankinter condenado en Madrid

[column size=one_half position=first ]» La jueza estima íntegramente la demanda declarando nula del contrato de préstamo hipotecario las cláusulas referidas a la multidivisa [/column]
[column size=one_half position=last ]» Los demandantes no tenían ninguna experiencia ni conocimiento respecto a este tipo de productos financieros complejos [/column]

Los afectados acudieron al banco para contratar un préstamo ya que iban a adquirir una vivienda, que actualmente es su vivienda familiar. Una empleada del banco le habló del novedoso préstamo hipotecario multidivisa. Les hizo saber que con él reducirían su cuota mensual drásticamente, ahorrándose así una suma importante de dinero. En ningún momento la empleada mencionó los riesgos objetivos de este producto ni entregó folletos informativos de la oferta. Tampoco realizó un test de idoneidad a los clientes, los cuales acabaron contratando dicho préstamo el 13 de diciembre de 2007, por un importe de 385.000€.

Los clientes, desesperados por la situación, ya que veían que su deuda seguía aumentando, decidieron cambiar de divisa hasta dos veces; pasaron de francos suizos a yenes y de yenes a francos suizos. La realización de estos movimientos absolutamente nefastos para el resultado económico del producto, pone de manifiesto la falta de conocimiento y entendimiento del contrato por los clientes.

Los demandantes no tenían ninguna experiencia ni conocimiento respecto a este tipo de productos financieros complejos; anteriormente solo habían contratado cuentas corrientes y algún depósito a corto plazo. No hay constancia de que se entregara documentación precontractual, ni información clara, veraz y suficiente; que pudiera acreditar el entendimiento por parte de los clientes, de los riesgos y la naturaleza propia del producto.

La jueza estima íntegramente la demanda, declarando nula del contrato de préstamo hipotecario las cláusulas referidas a la multidivisa. A partir de esto, el saldo vivo de la hipoteca quedará referenciado a euros; disminuyendo del importe prestado lo que correspondía amortizar en concepto de principal e intereses. En el caso de que los demandantes hayan abonado una cantidad superior a la que habrían pagado de haber operado desde el principio en euros, la demandada tendrá que reintegrar dicho exceso.


Dirección Letrada: Patricia Gabeiras
Banco: Bankinter
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Particular
Pdf: S_170217_BANKINTER_JPI44_MADRID_HMD_PART_SIN

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