Hipoteca Multidivisa · Sentencia a favor de ASUFIN en la AP de Madrid

  • Se desestima el recurso de apelación impuesto por Bankinter, contra la sentencia dictada el 20 de Octubre del 2014 en el Juzgado de Primera Instancia #26 de Madrid.

  • Los socios de ASUFIN verán reducida la deuda que contrajeron al quedar expuesta su hipoteca a la fluctuación del Yen Japonés

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la nulidad parcial del contrato de la Hipoteca Multidivisa colocada por Bankinter. La opción multidivisa quedó claramente anulada por parte del Magistrado. La pareja de damnificados comenzarán a pagar su hipoteca en euros, en vez de yenes.

Los afectados habían firmado dicho préstamo el 4 de enero del 2008. Acudieron una inmobiliaria para poder comprar una casa nueva mientras se vendía el piso en el que vivían y que ya estaba prácticamente pagado. El gestor inmobiliario, con la connivencia del banco, les ofreció una hipoteca multidivisa que les permitiría pagar la nueva casa sin ningún problema y que se les quedaría en un importe muy asequible en cuánto vendieran el piso que dejaban. En ningún momento, de la fase precontractual así como poscontractual, hubo una transparencia en la información recibida, los clientes no fueron conscientes de las consecuencias económicas que les supondría una hipoteca de estas características.

Como recoge la sentencia, los asociados no tuvieron constancia alguna del riesgo inherente que asumían al adquirir una hipoteca en otra divisa y depender de las constantes fluctuaciones y variabilidad de interés.

Según recoge el fallo de la sentencia, la cantidad adeudada por los demandantes es el saldo vivo de la hipoteca referenciado en euros, resultante de disminuir al importe prestado, un total de 168.000 € y no los más de 230.000€ que les reclamaba el banco en el momento de presentar la demanda. El tipo de interés será la misma referencia fijada en la Cláusula 3aB, EURIBOR a un mes + Diferencial de 0’40. Bankinter también ser verá obligado a pagar los gastos procesales de dicho juicio.

Cuando los clientes pudieron ver «el mecanismo real» quisieron poner fin al pago en la divisa extranjera escogida. Como queda reflejado en la sentencia, en las cláusulas contractuales hubo una falta de transparencia y un claro vicio de consentimiento. La abusividad de dichas cláusulas es lo que ha permitido que el Magistrado nuevamente de la razón a los clientes y pueda anular parcialmente el préstamos adquirido en yenes.


Dirección Letrada: Patricia Gabeiras
Perito: David García Muntané

Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Minorista (Socio ASUFIN)
PDF 1 INST: S_141020_BANKINTER_JPI26_MADRID_ASUAPEDEFIN_HMD_NULIDAD_PARCIAL_SIN.pdf
PDF 2 INST: S_160420_BANKINTER_AP13_MADRID_CONFIRMA_141020_JPI26_MADRID_ASUFIN_HMD_SIN.pdf

[toggle title=»INFO» load=»show»]
? Asufin dejó de colaborar en asuntos nuevos con EJ Abogados en octubre de 2015.
? A día de hoy, Patricia Gabeiras sigue siendo la letrada en 10 asuntos en los que ASUFIN es parte actora y en más de 200 asuntos de socios de ASUFIN, cuyas sentencias favorables publicaremos según se vayan sucediendo.
[/toggle]

Comparte

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Inicia tu Reclamación en 2 minutos

Artículos Relacionados 

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Recibe en tu e-mail todas las semanas las últimas noticias sobre gastos de hipoteca, revolving, cláusulas abusivas, estafas…
¡Y mucho más!
PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.