Gastos: Un juzgado gallego obliga a pagar el registro

El juzgado especializado en cláusulas abusivas de La Coruña ha condenado a Bankinter a anular la cláusula quinta y sexta de la escritura que hace recaer todos los gastos de formalización de hipoteca en una pareja de ASUFIN.
El juez, a pesar de instar a Bankinter a suprimirlas de la escritura, razona una a una las cláusulas y decide que el registro debe pagarlo el banco y la notaría y gestoría deben compartirse, porque ambos son parte interesada.

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El juzgado de Primera Instancia siete bis ha condenado a Bankinter a restituir a una pareja socia de ASUFIN la mitad de los que pagaron al notario, la gestoría y el registro de la propiedad cuando formalizaron su hipoteca en 2008. Entiende que firmaron sin posibilidad de negociar y que imponer todos los gastos al consumidor crea un desequilibrio e incurre en abusividad.

La sentencia declara la nulidad de las cláusulas quinta y sexta por abusivas y, siguiendo doctrina de STJU 21/12/2016, las da por no puestas. Esto implica que hay que vovler a la situación anterior a la firma y restituir lo cobrado de más.

Ante la alegación de Bankinter de considerar la acción prescrita (machacona alegación que cada vez tiene menos éxito), dice la sentencia que hay que diferenciar entre nulidad y anulabilidad. La nulidad por falta de transparencia o abusividad, que es lo que solicita el abogado colaborador de ASUFIN, no está sometida a plazo de prescripción ni caducidad.

Para el magistrado no se ha probado que hubiera negociación individualizada. Es más, para él las cláusulas están redactadas con genéricos, son textos vagos que pueden incorporarse a multitud de negocios jurídicos similares. Viene a decir en la sentencia que tanto la cláusula quinta como la sexta se exceden en la atribución de gastos al consumidor.

Recalca una frase de la cláusula sexta acerca de que todos los gastos e impuesto recaen en el comprador, «salvo los que por prescripción imperativa se impongan a Bankinter». Para el juez esta frase pervierte el contenido de la ley, intentando dotar de una pátina de validez un comentario nulo «per se».

Razona el juez que si el consumidor solicita el crédito y el banco es el interesado en  hacerlo con garantía hipotecaria, el notario deben pagarlo a partes iguales. En el caso de la gestoria, también entiende que sea al 50%, mientras que la tasación considera que es interés del usuario.

En lo referente a los aranceles por registro de la propiedad, considera indiscutible que el principal interesado es siempre el banco y condena a Bankinter a restituir la totalidad de la factura.

Felicitamos a nuestro abogado colaborador, Agenor Gómez Álvarez porque este tipo de sentencias sientan precedentes fundamentales para contribuir a erradicar los abusos. Con el tiempo, cuando los consumidores no tengamos que pagar todos los gastos de formalización de una hipoteca, recordaremos vuestro excelente trabajo.


Dirección Letrada: Agenor Gómez Alvárez
Contrario: Bankinter
Producto:  Gastos de hipoteca
Perfil: Minorista/ socio de ASUFIN

Pdf  S_180530_BANKINTER_JPI07_BIS_GALICIA_GASTOS_ASUFIN_SIN.pdf

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