GASTOS HIPOTECA: Una pareja de asociados de ASUFIN vence a Caja Rural del Sur en Cádiz

El Juzgado de Primera Instancia Nº2 de Cádiz  ha dictado sentencia el pasado 4 de mayo de 2020, fallando a favor de ASUFIN  y sus asociados

Las partes formalizaron un préstamo de garantía hipotecaria el 7 de febrero de 2008

Por la parte actora, se presentó demanda en este juzgado el 19 de abril de 2018, con las siguientes pretensiones:

La declaración de nulidad, por abusivas de diferentes condiciones generales de la contratación, como el diferencial sobre el tipo de referencia, que contenía la denominada “cláusula suelo”, según la cual “Tanto en el supuesto de que se aplique el tipo de referencia, Euribor a un año, o los índices sustitutivos previstos en este epígrafe, se pacta expresamente que el interés resultante no podrá ser inferior al (4,00%) nominal anual”.

Entiende la parte afectada que la cláusula suelo impugnada es una condición general de la contratación abusiva porque fue redactada e incluida en la escritura de préstamo hipotecario de forma predeterminada por la entidad bancaria sin opción de ser negociada, limitando los derechos de los consumidores.

Según la actora, la demandada no informó a los consumidores sobre el contenido ni los riesgos inherentes a la cláusula suelo, así como tampoco les entregó un folleto informativo ni una oferta vinculante por escrito. La entidad demandada sólo les informó sobre el importe del préstamo hipotecario, las comisiones del mismo, la provisión de fondos que tenían que hacer, el plazo de amortización y las cuotas que debían pagar al mes. Por todo ello la actora considera que en este caso la entidad financiera no cumplió con el doble control de incorporación o inclusión y transparencia de las cláusulas de limitación de tipos exigido por el Tribunal Supremo y que, por ello, debe declararse la abusividad y nulidad de la cláusula suelo en cuestión.

Por otro lado, la parte demandante solicitó también la nulidad de la cláusula quinta del contrato en la cual se establecía que eran los prestatarios los que tenían que correr con los siguientes gastos: los gastos de tasación del inmueble, los aranceles notariales y registrales, la modificación o cancelación de la hipoteca, los impuestos y contribuciones relativos a este contrato, la constitución de la hipoteca y su cancelación, los gastos judiciales y extrajudiciales o de otra naturaleza derivados del incumplimiento por el prestatario de su obligación de pago, ya sean reclamaciones directas o incidencias de las mismas y los honorarios de Abogado y Procurador.

La parte afectada considera que esta cláusula también es una condición general de la contratación porque fue redactada e incluida en el contrato por el banco sin ningún tipo de negociación. Además, la actora considera que esta cláusula debe ser declarada abusiva y nula de pleno derecho porque en la misma se le impone a los prestatarios de forma generalizada, indiscriminada e injustificada el pago de todos los gastos e impuestos derivados de la escritura de hipotecaria sin tener en cuenta ni la normativa ni la jurisprudencia aplicable en cada caso concreto.

Además, los demandantes buscaron la nulidad de las cláusulas relativas a los intereses de demora y el derecho a vencimiento anticipado del banco.

Caja Rural del Sur se opuso en su escrito de contestación a la demanda a la declaración de nulidad, por abusivas, de las cláusulas impugnadas, al entender que se trataba de cláusulas legales y válidas, redactadas de forma clara, comprensible y transparente de acuerdo con la normativa y la jurisprudencia aplicable. Por tanto, argumenta que no puede declararse la abusividad de las mismas, así como tampoco procede restituir a los consumidores las cantidades reclamadas. Por todo ello la entidad financiera demandada solicitó el dictado de una sentencia desestimatoria y la expresa condena en costas a la actora.

Tras analizar las peticiones de ambas partes y revisar la jurisprudencia correspondiente, la jueza de esta instancia ha considerado estimar íntegramente la demanda de los asociados de ASUFIN contra Caja Rural del Sur, declarando la nulidad de la cláusula suelo, la cláusula de vencimiento anticipado, los intereses de demora y la cláusula relativa a los gastos hipotecarios, por la que recupera 530,77€. El resto de cantidades a devolver serán determinadas en ejecución de sentencia. 

DESCARGA AQUÍ LA SENTENCIA

Producto: Gastos Hipotecarios

Abogado: Víctor Ceballos Niebla

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia Nº2 de Cádiz

Entidad: Caja Rural del Sur

Fecha: 04.05.2020

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