El TJUE permite a los tribunales españoles limitar las costas de los procedimientos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea permite fijar un límite a los honorarios que los abogados pueden recuperar en costas

El TJUE dictó sentencia el jueves 7 de abril resolviendo la cuestión prejudicial planteada por el Juzgado número 49 de Barcelona. En ella, señala que la norma española que permite fijar un límite máximo a los honorarios que los abogados defensores de los consumidores pueden recuperar en costas no va en contra del derecho de la Unión.

Siempre y cuando el importe recuperado de los gastos soportados por el consumidor sea razonable y proporcionado al coste de un procedimiento de nulidad de cláusulas abusivas.

Por último, afirma que la cuantía del proceso, que sirve para determinar las costas recuperables por el consumidor, debe de ser fijada en la demanda sin dar opción a que ser modificada en un momento posterior del proceso. Sin embargo, confirma que le corresponde al juez en último término fijar la cuantía real del proceso que garantice los derechos del consumidor de disfrutar del reembolso de un importe razonable.

Desde ASUFIN seguimos defendiendo que los abogados de Consumo deben ver su trabajo adecuadamente remunerado y que no se puede disuadir al consumidor de defender sus derechos ante los tribunales si ésa es la única vía que permiten las entidades y compañías financieras. 

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