El Santander condenado en Manresa

El Juzgado de Primera Instancia nr. 1 de Manresa ha declarado la nulidad de un «SWAP FLOTANTE BONIFICADO» contratado por una pequeña empresa transportista en enero de 2008 al Banco Santander.

La pequeña empresa informó al Santander su intención de seguir pagando el préstamo pero no el SWAP. Ante esta situación, el Santander siguió cargando las liquidaciones del SWAP dejando la cuenta en descubierto y, posteriormente, interponiendo una demanda ejecutiva. Así las cosas,  el abogado de la pyme, Ignacio Sánchez Meya, se vio obligado a reclamar con la demanda, además de la nulidad del swap, la improcedencia de cargar las cuotas del mismo en su cuenta.

En el texto de la demanda se considera probado que el producto fue impuesto por el Santander para la renovación de la póliza de crédito. Así mismo, pone de manifiesto que la persona que colocó el producto no fue capaz de explicar su funcionamiento durante el interrogatorio en el juicio. Una vez más, el juez no comprende cómo el producto fue ofrecido por un nominal muy superior al préstamo contratado, aumentando así enormemente el riesgo de la empresa.

Por todo ello declara por error invalidante  la nulidad del contrato así como la improcedencia de cargar las cuotas del contrato en la cuenta de la pyme. El Santander tendrá que devolver las liquidaciones, más los intereses así como las costas procesales.

Agradecemos a Ignacio Sánchez Meya , además de la sentencia, su colaboración permanente con ASUAPEDEFIN.

? SANTANDER.- 25/02/11, JPI 1 Manresa (pyme)

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