El Confidencial | El fallo que amenaza a la banca: el cliente se queda la casa y desaparece la hipoteca

Un juez de Pamplona ha tomado una decisión sin precedentes sobre la cláusula de vencimiento anticipado

Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN: «Es un éxito sin precedentes que esperamos que el resto de jueces siga

El Confidencial se hace eco este miércoles de la decisión sin precedentes que ha tomado un juez de Pamplona sobre la cláusula de vencimiento anticipado. Esta cláusula que ha permitido a los bancos reclamar al deudor el importe total de la hipoteca desde el primer impago de cuota.

El magistrado del Juzgado de Primera Instancia 4 de Pamplona se ha convertido en el primero en preguntar a un consumidor inmerso en un procedimiento de ejecución hipotecaria cuál es la opción que prefiere. Si quiere que se declare la nulidad de la misma, se declare nulo el préstamo y se archive el procedimiento de ejecución hipotecaria o bien que se sustituya la cláusula por una disposición supletoria del derecho nacional, que permitiría que la ejecución siga su curso.

Este auto marca un antes y un después

El auto del JPI4 de Pamplona marca un antes y un después. Hasta ahora los jueces españoles habían optado por sustituir la cláusula de la hipoteca para continuar con la vigencia del préstamo, pero esta ha sido la primera vez que un juez aplica la jurisprudencia del TJUE. El Tribunal de Justicia Europeo ya dictaminó el 3 de octubre de 2019 que el consumidor era el que tenía que decir qué opción era menos perjudicial para él. En este caso, el consumidor optó por la extinción del contrato.

El Confidencial: El fallo que amenaza a la banca

Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN, ha destacado «la importancia de que los jueces nacionales conozcan y apliquen las sentencias del TJUE. En especial en los procedimientos de ejecución hipotecaria donde, tras varias sentencias europeas, se ha tenido que cambiar la normativa aplicable por ser contraria a los derechos de los consumidores. Es un éxito sin precedentes que esperamos que el resto de jueces sigan«.

Maite Ortiz, letrada del despacho Abogados Res, que han conseguido este histórico auto a su favor, indica en El Confidencial que «el juez entiende, en un fallo pionero, que deberá ser el consumidor quien, en última instancia, decida qué opción es menos perjudicial para él. Nunca, hasta ahora, un juez había dado la opción de preguntar al consumidor qué camino seguir en caso de nulidad de la cláusula abusiva de vencimiento anticipado de su hipoteca y de su expulsión del contrato».

¿De quién es la culpa de la nulidad del contrato?

Según el artículo 1306 del Código Civil, si la culpa de la nulidad es de las dos partes, se deberá devolver lo recibido de manera recíproca, mientras que si la culpa recae solo en una de las partes, en este caso, el profesional de la entidad financiera, el consumidor no estará obligado a devolver nada de lo prestado

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