Los juzgados de primera instancia de Valencia y León anulan dos clips de Bankinter vendidos a PYMES. Además, otros dos clips del mismo banco colocados a particulares también han sido declarados como inválidos. Con estas cuatro sentencias, Bankinter ya tiene 140 en su contra.
En Valencia, el Juzgado número 16 de Primera Instancia ha anulado un clip por incompleta e insuficiente información de Bankiter. La magistrada considera que los clips son un instrumento financiero por el que el intercambio de flujos se produce con el objetivo de proteger al cliente de las posibles subidas de los tipos de interés. El banco poseía información privilegiada sobre los movimientos futuros de los tipos y firmó con el cliente en un momento en el que las previsiones era de estabilización y bajada (años 2007 y 2008).
La jueza ha tenido en cuenta el informe pericial presentado por el cliente, el cual concluye que es una operación que no gestiona de forma óptima los riesgos financieros del cliente, en el que el banco sólo puede ganar y el cliente perder. Con todo ello, la jueza concluye que la información suministrada fue escasa, deficitaria, nula, equívoca e impropia de la buena práctica bancaria.
Por otra lado, para la jueza del Juzgado de Primera Instancia número 2 de León, el cliente no recibió por parte del banco una información completa y adecuada sobre las características del producto que estaba concertando y de los riegos que tenía el Swap. Según explica la jueza en la sentencia, los clips o swaps son un producto de alto riesgo y muy complejos para aquellas personas que no poseen conocimientos financieros, por ello para su validez requiere de una completa y exhaustiva información de cara a que el cliente se forme correctamente una idea.
El contrato firmado entre Bankinter y el cliente no es compresible para aquellas personas que no poseen información financiera, pues está colmado de términos técnicos y con un contenido denso. Además el contrato recoge en una clausula llamada ventanas de cancelación las formas en la que el cliente desee la rescisión de manera anticipada. El banco sólo permite al cliente hacerlo los días 15 de enero, abril, julio y octubre y podrá añadir gastos adicionales al contratante si así lo desea. Una cláusula que la magistrada define como oscura e imprecisa. La jueza no ha tenido en cuenta las alegaciones del banco respecto a que el cliente poseía gran experiencia profesional y que ya había contratado con la misma entidad bancaria otros productos, pero como estima el clip del Bankinter se aleja de ellos y no es similar. Por otra parte, la sala segunda de la Audiencia Provincial de León ha confirmado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 9 de León por la venta un clip a otra PYME.
Además, Bankinter también ha sido condenado por el Juzgado de Primea Instancia e Instrucción número 1 de Santoña (Cantabria) y por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Madrid por la venta de permutas financiera a sendos particulares.
Dirección Letrada: Benjanín Prieto Clar
Perito: Arnard Coll
Banco: Bankinter, S.A.
Producto: Clip
Perfil: PYME
PDF: S_120112_BANKINTER_JPI16_VALENCIA_PART_PYME_SIN
Dirección letrada: Bernardo Luis García Angulo
Perito: No se aportó
Banco: Bankinter, S.A.
Producto: Clip
Perfil: PYME
PDF: S_111213_BANKINTER_JPI2_LEON_pyme_SIN
Dirección letrada: Jorge Revenga Sánchez + Laura Fra
Perito: No se aportó
Banco: Bankinter, S.A.
Producto: Clip
Perfil: PYME
PDF: S_120113_BANKINTER_AP2_LEON_CONFIRMA_110630_JPI9_LEON_PYME_SIN
Dirección letrada:
Perito: No se aportó
Banco: Bankinter, S.A.
Producto: Intercambio
Perfil: Particular
PDF: S_121230_BANKINTER_JPIEI1_SANTONA_PART_SIN
Dirección letrada: Luis Ester Casas
Perito: No se aportó
Banco: Bankinter, S.A.
Producto: Clip
Perfil: Particular
Un comentario
Genial, BANKINTER ya lleva 140 sentencias en contra.
FELIZ CUMPLEAÑOS.