EJECUCIÓN HIPOTECARIA: Dos Juzgados paralizan sendas ejecuciones a dos socios de ASUFIN

[column size=one_half position=first ]»En el caso de una hipoteca tranquilidad, la AP de Las Palmas suspende la ejecución por abusividad en la cláusula de vencimiento anticipado, al estar planteada una cuestión prejudicial ante el TJUE. [/column]
[column size=one_half position=last ]»La juez del JPI Nº1 de Torrejón de Ardoz declara nula por abusiva la misma cláusula en una hipoteca multidivisa y acuerda el sobreseimiento y archivo del procedimiento ejecutorio. [/column]

¿Cuántas parejas optaron por pedir un préstamo en divisa extranjera, o aceptaron la hipoteca tranquilidad y se encontraron con que no podían pagar sus cuotas? La mayoría de los afectados eligieron esta opción porque su situación económica era débil, y el único modo de ser propietarios pasaba por no desembolsar grandes cantidades mensuales.

Cuando fueron conscientes de que lo que habían contratado no sólo no les iba a dar tranquilidad, sino que les iba a sumir en una crisis económica y personal, era tarde. Al no poder hacer frente a las cuotas, los bancos utilizaron su cláusula de vencimiento anticipado y solicitaron ejecución hipotecaria.

Dos socios de ASUFIN han conseguido que su ejecución se paralice. En Las Palmas, con un escueto auto de la Audiencia Provincial en el que: “la sala acuerda suspender la tramitación del presente recurso hasta que el TJUE de respuesta a las cuestiones prejudiciales planteadas por la Sala Civil del TS en su auto de 8 de febrero de 2017”. Dado que el afectado tiene la condición de consumidor (solicitó un préstamo de hipoteca tranquilidad a Banesto, hoy Banco Santander), se cuestiona el carácter abusivo de la cláusula de vencimiento anticipado.

La otra pareja, socia de ASUFIN también, pidió un préstamo a Caixabank en yenes. Al no poder hacer frente a las últimas siete cuotas, que habían En el caso de la pareja madrileña, también socios de ASUFIN, firmaron una hipoteca multidivisa en yenes con Caixabank. Las dificultades económicas y el aumento desproporcionado de las cuotas, hizo que los afectados no pudieran pagar siete cuotas seguidas. El banco inició ejecución hipotecaria y ASUFIN asumió la defensa que ha concluido de manera positiva para la pareja.

El Juzgado de Primera Instancia nr. 1 de Torrejón de Ardoz, Madrid, en un auto largo y explicativo, opta por declarar nula por abusiva la cláusula de vencimiento de pago y por sobreseer y archivar el procedimiento. El auto hace constantes referencias a sentencias del Tribunal Superior de Justicia Europea a favor de los consumidores.

Patricia Suárez, Presidenta de ASUFIN: «Es importante que los afectados sepan que pueden paralizar las ejecuciones hipotecarias con cláusulas abusivas»

Para Patricia Suárez, Presidenta de ASUFIN, estas actuaciones de los juzgados españoles son importantes porque empiezan a cambiar los destinos de miles de personas. “Gracias a la jurisprudencia europea, comenta, en España estamos consiguiendo defender los derechos de los hipotecados. Es importante que los afectados sepan que pueden paralizar ejecuciones hipotecarias si los contratos contienen cláusulas abusivas”.

La cláusula de vencimiento anticipado, prevé la posibilidad de que el banco resuelva anticipadamente el contrato. Enumera una extensa relación de causas que le dan derecho a reclamar, no ya lo impagado, sino la totalidad de la deuda. Una de esas causas, desde la primera cuota, es la falta de pago. Caixabank, en el caso de Madrid, alega que no puso en marcha la ejecución hasta el séptimo impago, pero hubiera podido hacerlo desde el primero.

“No cabe ninguna duda a esta juzgadora, dice el auto de la JPI Nº1 de Torrejón de Ardoz, que la concreta cláusula sexta bis es claramente abusiva, y por ello nula e inaplicable, dado que faculta a la entidad financiera a dar por vencido anticipadamente el préstamo, con extinción del aplazamiento pactado, por la falta de pago de cualquier cantidad adeudada, en un contrato en que el capital prestado ascendía a 70.180.152 yenes”.

Para la juez, siendo la aplicación de dicha cláusula el fundamento de la ejecución, “procedería decretar el sobreseimiento de la misma, sin haber lugar al despacho de ejecución”.

las dos parejas afectadas conservan su casa despues de sufrir un auténtico calvario

Varias sentencias del TJUE han avalado esta abusividad. El tribunal europeo ha puesto la mirada en el posible desequilibrio entre profesional y consumidor. Por eso considera importante analizar la situación jurídica del más débil y concluír si el usuario firmaría ciertas cláusulas en un marco de negociación individual.

Es probable que no de pactarse esto, dicen los jueces, el banco hubiera utilizado otras fórmulas para conseguir recuperar el crédito. Y aunque la validez en abstracto de la cláusula no se discute, si se hace el caso concreto.

El auto deja patente la paradoja que supone para un consumidor que para solucionar un impago el ordenamiento jurídico sólo le ofrezca la opción de pagar. Evidentemente esto no puede considerarse un mecanismo de corrección ni un remedio adecuado y eficaz para el consumidor, según terminología del TJUE.

Los afectados de Torrejón hipotecaron una finca tasada en una suma bastante superior al préstamo, pactaron intereses de demora y vencimiento anticipado por cualquier cantidad adeudada. La juez estima una clara desproporción entre consumidor y profesional.

Aunque al hilo de lo resuelto el TS, la obligación de pago del deudor es una obligación esencial, hay que determinar si el impago de una cuota del capital es un incumplimiento manifiesto. Para los magistrados, no lo es. La cláusula de vencimiento se incorpora por la voluntad de una de las partes. Al tratarse de un elemento accesorio, esta inclusión puede considerarse abusiva por parte de la entidad.

Felicitamos a los abogados colaboradores de ASUFIN, María José Lunas y a Fernando Gavin y Loleta Linares por este triunfo para nuestros asociados. Un triunfo que es mucho más que económico, ya que repercute de un modo directo en la salud emocional de los afectados. Cada vez que un consumidor no es expulsado de su casa, todos sentimos que hemos ganado. ¡Enhorabuena!


Dirección Letrada: María José Lunas
Banco: Caixabank
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: ASUFIN
Pdf: A_171005_CAIXABANK_JPI1_TORREJON_ARDOZ_VENCIM_ANTICIP_HMD_ASUFIN_SIN

 

Dirección Letrada: Loleta Linares/Fernando Gavín
Banco: Banesto (ahora Santander)
Producto: Hipoteca Tranquidad
Perfil: ASUFIN
Pdf:A_171003_BSANTANDER_AP4_LAS_PALMAS_CONFIRMA_170511_JPI2_TELDE_VENC_ANTICIP_HT_ASUFIN_SIN

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