El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Torremolinos ha condenado a BBVA por la comercialización de un swap a un particular.
El particular, que contrató por vía telefónica el producto, había ejercido de apoderado de varias entidades bancarias. Aún así, la juez ha estimado que el cliente era minorista, ya que cuando adquirió la permuta financiera estaba solicitando un préstamo para la adquisición de una finca. Además, el afectado no había contratado nunca productos de alto riesgo y especulativos.
La venta fue realizada por vía telefónica sin que se mostrara ningún documento explicativo previo antes de la firma. Durante la comercialización siempre se habló de una cobertura frente a los tipos de interés, no de un producto especulativo de alto riesgo. Tampoco se realizó ningún tipo de test MiFid para evaluar los conocimientos financieros del cliente.
En Cádiz, la Audiencia Provincial número 7 ha revocado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia que desestimaba la petición de anulación del swap que había contratado una empresa. En la primera sentencia se determinaba que el representante de la empresa tenía suficiente experiencia con productos de estas características como para saber sus posibles consecuencias. En este caso, la Audiencia ha condenado a la entidad debido a la falta de documentos que acreditasen la existencia de una adecuada explicación previa del producto. Todo ello pese a que el cliente debía firmar un documento que hacía constar que se había presentado la documentación explicativa.
Dirección Letrada: Juan Ignacio Navas Marques
Banco: BBVA
Producto: Swap
Perfil: PYME
PDF:S_120914_BBVA_JPI3_TORREMOLINOS_PYME_SIN.pdf
Banco: BBVA
Producto: Swap
Perfil: PYME
PDF: S_120918_BBVA_AP7_CADIZ_ALGECIRAS_revoca_110729_JPI1_ALGECIRAS_SWAP_IMPLICITO_PYME_SIN.pdf