BBVA vendió como “una maravilla" un contrato swap a una pequeña empresa

El contrato se formalizó vía telefónica entre un empleado del banco y el cliente.  En todo momento se le vendió el swap como “cobertura”, un “seguro” que le proporcionaría beneficios. Una vez más la Audiencia Provincial de Madrid condena este tipo de contratos.

La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al BBVA a devolver 12.136 euros a una pequeña empresa dedicada a la restauración.
La nueva sentencia confirma así lo dictado por el Juzgado de Primera Instancia número 43 de Madrid que declaró nulo el contrato swap firmado entre la pyme y la entidad bancaria en el año 2008.

En la propia sentencia que se recoge textualmente una parte de la conversación telefónica en la que se formalizó el contrato. Un ejemplo del inicio de la conversación:

Banco: «Te llamo un poco para cerrar el producto de Inflación (…)
Cliente: “Que era una maravilla, ¿no?”
Banco: “Si eso creemos, tal y como está ahora mismo, las últimas noticias y los últimos datos de inflación, pues hombre nos parece muy atractivo (…)”.

Los magistrados del caso señalan que el banco BBVA ocultó la información de que disponía sobre la evolución del mercado incumpliendo así su deber de responsabilidad y lealtad.
Este es un ejemplo de la información que el banco proporcionó al cliente recogida también la sentencia que subimos hoy:

“Nosotros creemos que la inflación va a estar en estos niveles y que probablemente pueda resultar una cobertura muy ventajosa pero no lo podemos asegurar con certeza, entonces bueno pues de alguna manera tu vas a tener algún riesgo, un riesgo digo entre comillas (…).

Los jueces insisten en la ambigüedad de las informaciones proporcionadas por BBVA e insisten en que las clausulas del contrato son vagas, oscuras e inadecuadas.

Además el contrato no contenía ninguna cláusula en la que se regulase realmente cómo cancelar dicho producto financiero. Además, al tratarse de un cliente minorista, se entiende que era necesaria una explicación exhaustiva sobre las características y riesgos del swap, “algo imprescindible dada la complejidad de sus términos” según la propia sentencia.

Tanto el administrador como el gestor de contabilidad de la empresa aseguraron desconocer por completo este tipo de productos y afirmaron que jamás habían contratado ninguno similar. También se demostró que BBVA no realizó ningún test de idoneidad para estudiar si verdaderamente era un producto de inversión beneficioso para la sociedad mercantil, incumpliendo así la LMV y la aplicación de la Directiva MIFID.

El cliente no llegó a firmar el contrato marco (CMOF) al que hace referencia la confirmación del SWAP, lo que se considera otro incumplimiento por parte de la entidad financiera.

Por último, tanto la sentencia de primera instancia como la de Audiencia Provincial considera probado que el BBVA conocía las previsiones a la baja de la inflación y las ocultó al cliente en el momento de la contratación: el BBVA ocultó “las previsiones financieras de que disponía sobre la remisión de las tensiones inflacionistas en el cuarto trimestre del año 2008 y anualidades siguientes, lo que inevitablemente abocaría a la demandante a efectuar desembolsos desde la primera liquidación, como así ocurrió el 31 de marzo de 2009, mientras que la demandada tenía asegurada la ganancia, rompiendo la igualdad y reciprocidad del contrato, que perdía una de sus notas características, cual es la aleatoriedad, al no depender ya los abonos o desembolsos de las partes de un acontecimiento incierto”.

Son ya 31 sentencias contra el BBVA.


Dirección Letrada: Fernando Díaz-Ponte
Banco: BBVA
Producto: Swap Inflación
Perfil: Pyme
PDF: S_120214_BBVA_AP13_MADRID_CONFIRMA_JPI43_MADRID_PYME_SIN.pdf


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Un comentario

  1. He ganado a Goliat(Banco Santander) por un Swap que me colocaron en 2008! Sentencia Firme!

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