La Audiencia Provincial número 14 de Barcelona ha confirmado la nulidad de un contrato de permuta financiera suscrito por un particular con Banco Popular. El motivo de la nulidad ha sido el incumplimiento de la normativa MIFID y la Ley del Mercado de Valores, al no prestar la máxima diligencia informativa a un cliente minorista.
El afectado contrató la permuta financiera como un seguro frente a las subidas de los tipos de interés. La entidad no informó correctamente sobre las consecuencias y funcionamiento del producto, por lo que el cliente no era consciente de los riesgos que afrontaba en caso de bajada del Euribor.
El IRS, que supuso unas pérdidas de 1.900 euros, fue suscrito junto a numerosa documentación asociada a la contratación de un préstamo hipotecario, por lo que era aún más difícil que el cliente se percatara por si solo de los efectos de la permuta.
Asimismo, el propio empleado que comercializó el swap ha admitido que recomendó el producto como una cobertura.
Por tanto, Banco Popular deberá reembolsar los cobros realizados por liquidaciones negativas, más los intereses devengados y las costas procesales.
Dirección Letrada: Miguel Serra Camus.
Banco: Banco Popular.
Producto: Swaps.
Perfil: Particular.
PDF:S_140808_BOPULAR_AP14_BARCELONA_CONFIRMA_120620_JPI2_GRANOLLLERS_SWAP_PART_SIN.pdf