Bankinter condenado por cuarta vez en Canarias.

Se trata de la cuarta condena por la colocación poco transparente de un CLIP en Canarias y de la número 16 en el resto de España. Es la primera ocasión que un magistrado menciona el informe del Defensor del Pueblo  en el que se pronuncia sobre estos productos denunciados por ASUAPEDEFIN y la plataforma NOCLIP.

El Magistrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nr. 4 de Telde dictó sentencia el pasado 4 de junio condenando a Bankinter a devolver las liquidaciones practicadas y el coste de cancelación abonado, así como las costas del juicio.

El juez señala que los contratos «condiciones generales de gestión de riesgos financieros» y «condiciones particulares» del CLIP BANKINTER EXTRA 08.4 deben declararse nulos en tanto que «adolecen de clausulas claras que puedan llevar a un perfecto conocimiento por parte del actor de lo efectivamente firmado o, dicho de otro modo, que en el momento de su firma pudiera prever las negativas consecuencias que tanto su aplicación como su cancelación le han acarreado.» Se insiste sobre todo en la ambigüedad de la cláusula del expositivo en la que se habla de reducir o anular el beneficio lo cual no significa necesariamente que se vayan a producir pérdidas. Así mismo, se vuelve sobre la cláusula 6 de cancelación considerando que causa «igual efecto su inclusión como su eliminación».

Es la primera vez que una sentencia destaca las conclusiones alcanzadas por el Defensor del Pueblo gracias a las denuncias efectuadas por ASUAPEDEFIN y la plataforma NOCLIP en el que se señala que las permutas de tipos de interés son productos técnicamente complejos que son “un seguro pensado para cubrir los riesgos de las entidades, seguro que pagaba el cliente y que mantenía los tipos de interés para la entidad, y no para el propio cliente“.

Por todo ello el juez condena costas y a la devolución de las cantidades abonadas más los intereses legales.

ASUAPEDEFIN agradece especialmente a Malher, miembro de la plataforma NOCLIP, por la gran labor de documentación que está realizando en Canarias y por habernos facilitado esta sentencia que esperamos que no sea la última.

? descargar Sentencia JPIeI nr. 4 Telde (LPdeGC)

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3 comentarios

  1. Arriba el defensor del pueblo……….arribaaaaaaaaaaa y enhorabuena al afectado,

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